» Ir al portal nuevo de Microjuris    OK

Junta de Supervisión presenta alternativas a proyectos sobre el impuesto al inventario

02 de octubre de 2023
COMPARTIR

Por Daniel Rivera Vargas

La Junta de Supervisión y Administración Financiera (FOMB, en inglés) expresó reservas y presentó alternativas sobre diversas propuestas legislativas relacionadas al impuesto al inventario.

Resumen: Mediante un documento de 14 páginas, que incluye anejos y una carta firmada por el director ejecutivo de la Junta de Supervisión, Robert Mujica, el organismo fiscal indicó que aunque el impuesto al inventario tiene fallas, es importante que al sustituirlo se haga de forma neutral y sin afectar los ingresos y gastos del gobierno.

Definición: El impuesto al inventario es el tributo al gobierno que pagan las empresas por mercancía almacenada que no ha sido vendida.

Contexto: El ente fiscal evaluó las medidas a petición del presidente de la Cámara de Representantes, Rafael «Tatito» Hernández Montañez. Los proyectos evaluados son el Proyecto de la Cámara 1692, que es una medida por petición del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), y el Proyecto de la Cámara 1798, de la autoría del líder cameral.

Conclusión: se necesitará otra fuente de ingresos

La junta explicó en su misiva que el impuesto al inventario fomenta que las empresas no tengan un inventario adecuado en Puerto Rico y contribuye al encarecimiento de los productos.

La junta de supervisión también expresó claramente su rechazo al impuesto al inventario y aclaró que su posición es cónsona con lo que han hecho otras jurisdicciones en Estados Unidos, donde se ha sido eliminado en 36 estados y en los otros 14 cuentan con tasas contributivas mucho menores que en Puerto Rico.

«La Junta de Supervisión considera la derogación del inventario como un paso significativo hacia la mejora del clima de negocios de Puerto Rico, ya que podría permitir a las empresas acumular inventario sin una «multa» fiscal», sostuvo Mujica.

Sin embargo, la junta señaló que no se puede simplemente eliminar ese impuesto.

«Cualquier esfuerzo del gobierno de eliminar el impuesto al inventario en Puerto Rico debe ser neutral al presupuesto, tanto para el gobierno como para los municipios».

Los municipios reciben $237 millones anualmente de impuesto al inventario, lee la carta.

Propuesta: un comité pequeño

La junta fiscal propuso la creación de un comité pequeño que represente tanto a alcaldes como al CRIM para que evalúen opciones apropiadas, que incluyan reformar el sistema tributario de la propiedad en Puerto Rico, y que prepare informes de progreso para la evaluación legislativa.

La junta apoyó una congelación temporera al impuesto, mientras se trabaja la versión final de la medida.

En ese periodo de congelación, se pagaría una cantidad fija de impuesto por ese inventario, cuyo número se sacaría al computar entre tres a cinco años y obtener un promedio de impuestos en ese periodo, y no se pagarían contribuciones adicionales si los comerciantes deciden traer más productos a sus almacenes.

Esta congelación no aplicaría a empresas de reciente creación porque no se podría sacar ese promedio de impuestos pagados por entre tres a cinco años.

Por la importancia del impuesto al inventario para los presupuestos operacionales de algunos municipios pequeños, la medida que se apruebe debe contar con mecanismos para ayudar a este grupo de alcaldías.

Más sobre la carta

El proyecto legislativo que finalmente se trabaje debe «eliminar permanentemente el impuesto al inventario con una estructura alternativa de ingresos avalada por el comité», sostiene la carta.

Al comparar ambos proyectos, la Junta de Supervisión entendió que el Proyecto de la Cámara 1798 es más cercano a sus propuestas, porque incluye un periodo de cinco años de congelación del impuesto y la designación de un comité de siete miembros que recomendará una reforma permanente.

Una recomendación adicional a la medida es que se incluya una provisión que denominan hold harmless para ayudar a los municipios que dependen mucho del impuesto al inventario. La medida se enmendó para que al final del periodo de congelación de cinco años quedara derogado el impuesto al inventario con el propósito de incentivar una pronta respuesta del comité de siete miembros que evaluará propuestas.

Sobre el Proyecto de la Cámara 1692, Mujica resaltó que el impuesto al inventario se sustituirá por uno de contribuciones por productos vendidos, pero sostuvo que esto no representa «una reforma».

La junta de supervisión advirtió que no se puede ignorar el costo de estas medidas.

«La aprobación del Proyecto de la Cámara 1798 (así como la del Proyecto de la Cámara 1692) tiene costos fiscales, que deben ser explícitamente compensados para poder cumplir con el plan fiscal del CRIM».

Powered by Microjuris.com