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¿Las iglesias clasificadas como 501(c)(3) pueden endosar candidaturas?

29 de octubre de 2020
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La respuesta corta es «no».

Prohibición

El Código de Impuestos Internos prohíbe que las organizaciones bajo las restricciones 501(c)(3) participen de forma directa o indirecta, o intervengan en cualquier campaña política a favor o en contra de una candidatura a un cargo público electivo.

Las contribuciones a los fondos de la campaña política o las declaraciones públicas (verbales o escritas) realizadas en nombre de la organización a favor o en contra de cualquier candidato a un cargo público violan claramente la prohibición de la actividad de la campaña política.

Implicaciones

La violación de esta prohibición puede dar lugar a la denegación o revocación de la exención de impuestos y a la imposición de determinados impuestos especiales.

Sin embargo, el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos —mejor conocido como el IRS— abre la puerta para algunas actividades o gastos en las que pueden intervenir las organizaciones.

Excepciones

Lo cierto es que las organizaciones bajo la categoría 501(c)(3) pueden:

  • desarrollar actividades de educación a las personas electoras
  • desarrollar foros públicos
  • publicar guías de educación para los votantes (no partidistas)
  • promover actividades destinadas a alentar a la gente a participar en el proceso electoral

Contexto

La prohibición de las campañas políticas por parte de organizaciones benéficas e iglesias surgió desde el Congreso hace más de medio siglo.

En 1954, el Congreso aprobó una enmienda para prohibir que las organizaciones 501(c)(3), que incluyen organizaciones de caridad e iglesias, puedan participar en cualquier actividad de campaña política.

En la medida en que el Congreso ha revisado la prohibición a lo largo de los años, la ha reforzado. El cambio más reciente se produjo en 1987, cuando el Congreso modificó la redacción para aclarar que la prohibición también se aplica a las declaraciones que se oponen a los candidatos.

En la actualidad, la ley prohíbe la actividad de las campañas políticas de las organizaciones de beneficencia y las iglesias al definir una organización 501(c)(3) como aquella «que no participa ni interviene (incluida la publicación o distribución de declaraciones) en ninguna campaña política en nombre de o en oposición a cualquier candidato a un cargo público».

El IRS ha publicado la Resolución de Ingresos 2007-41, que describe cómo las iglesias y todas las organizaciones 501(c)(3), pueden mantenerse dentro de la ley en relación con la prohibición de la actividad política. El IRS también ha explicado la diferencia entre abogar por un candidato y abogar por una legislación.

La división dentro del IRS responsable de supervisar las iglesias y las organizaciones benéficas es la División de Entidades Gubernamentales y Exentas de Impuestos (TEGE, por sus siglas en inglés).

Un caso judicial definitivo sobre el tema de la libertad de expresión y la expresión política es Branch Ministries Inc. v. Rossotti. En ese caso, el tribunal confirmó la constitucionalidad de la prohibición de la actividad política.

El tribunal rechazó las alegaciones de la iglesia demandante que planteaba que se le estaba infringiendo su derecho a la libertad de expresión establecido en la Primera Enmienda.

«El gobierno tiene un interés imperioso en mantener la integridad del sistema fiscal y en no subvencionar la actividad política partidista, y la sección 501(c)(3) es el medio menos restrictivo para lograr ese propósito», sostuvo el tribunal en el caso.

¿Quiénes son las 501(c)(3)?

Los propósitos exentos establecidos en el artículo 501(c)(3) son:

  • caritativos
  • religiosos
  • educativos
  • científicos
  • literarios
  • para fomentar las competiciones deportivas de aficionados nacionales o internacionales
  • para la prevención de la crueldad con los niños o los animales

El término caritativo se utiliza en su sentido legal e incluye:

  • atención a la pobreza
  • atención a personas afligidas o desfavorecidas
  • avances a la religión
  • avances a la educación o la ciencia
  • conservación de edificios públicos, monumentos u obras públicas
  • la reducción de las cargas del gobierno
  • la disminución de las tensiones vecinales
  • la eliminación de prejuicios y la discriminación
  • la defensa de los derechos humanos y civiles
  • la lucha contra el deterioro de la comunidad y las faltas juveniles

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