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La Cámara de Representantes de Puerto Rico tiene ante su consideración un proyecto de ley radicado por el mecanismo de «Petición» que busca enmendar la Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho.
Se trata del Proyecto de la Cámara 1875, que propone que cuando un juez entienda que existe una controversia legal por adjudicarse al amparo de la ley, éste ordenará que la parte promovida entregue a la custodia del Negociado de la Policía (NPPR) cualquier arma de fuego que le pertenezca y sus municiones, y que de no cumplirse con esta disposición, procederá la revocación permanente de la licencia de armas del promovido.
La medida expone que la Ley 140-1974, según enmendada, estableció un procedimiento de ley rápido, económico y eficiente para la adjudicación provisional de controversias por los Tribunales de Instancia, con el fin de proveer a la ciudadanía un mecanismo legal adecuado que les permitiese obtener soluciones inmediatas a ciertas controversias, superando los inconvenientes que suelen surgir de los procedimientos, pero que muchas veces llegan a ser costosos, complicados y tardíos durante su tramitación. Sin embargo, aunque las disposiciones en dicha ley buscan que los magistrados intervengan, investiguen, ventilen y resuelvan provisionalmente controversias de forma expedita, a solicitud de la parte interesada, en ocasiones, estos procedimientos, dada la complejidad de los asuntos, tienden también a extenderse más allá de lo previsto.
A tono con lo anterior, el proyecto señala que recientemente en Puerto Rico se han suscitado situaciones entre vecinos y familiares, mayormente, por situaciones de colindancias, arrendamientos, construcciones o crianza de animales, entre otros, que han creado una alta tensión entre las partes que han desembocado en tragedia y hasta en asesinatos.
Esta legislación propone que cuando un magistrado entienda que existe una controversia legal por adjudicarse al amparo de la ley antes mencionada, se ordenará a la parte promovida entregar para su custodia al NPPR, cualquier arma de fuego perteneciente al promovido y sobre la cual se le haya expedido una licencia de poseer y portar armas de fuego y sus municiones, pues de esta forma, se elimina la posibilidad de que el imputado pueda utilizar cualquier arma de fuego para causarle daño corporal, amenaza o intimidación al peticionario o a los miembros de su núcleo familiar.
Este proyecto de ley fue presentado por petición de la ciudadana de Toa Alta, Doña Sarah Santana Díaz, y radicado el día 26 de septiembre de 2023 por el representante del Partido Nuevo Progresista (PNP), Er Yazzer Morales Díaz.
La medida fue referida a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara para su evaluación.