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Enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito. Permite que las personas extranjeras sin estatus migratorio oficial que residan en Puerto Rico puedan solicitar una licencia de conducir provisional. Deroga la Ley de Requisitos para obtener permiso para conducir vehículos de motor en Puerto Rico.
La Ley 88-2009, conocida como la "Ley de Uniformidad en las Identificaciones Oficiales", enmendó la Ley 22-2000, conocida como la "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", para añadir ciertos requisitos al momento de solicitar una licencia de conducir vehículos de motor. Específicamente, la Ley 88-2009 requirió a toda persona poseer los siguientes documentos para obtener la licencia: (1) una tarjeta de seguro social o un documento que verifique que la persona no es elegible o no se le aplica asignarle un número de seguro social; (2) documentación que demuestre su nombre con la dirección residencial; y (3) documentación que demuestre que es ciudadano(a) o nacional de los Estados Unidos de América o extranjero(a) con estado legal permanente o temporal o una visa válida, o que ha solicitado o se la ha concedido el asilo y es una persona refugiada.
La aprobación de la Ley 88-2009 respondió a que, en el 2005, el Congreso de los Estados Unidos de América aprobó la Ley Pública 109-13, conocida como el Emergency Supplemental Appropriations Act for Defense, the Global War on Terror, and Tsunami Relief. Esta Ley contiene, en su División B, las disposiciones conocidas como el REAL ID Act, 49 U.S.C. 30301. El propósito del REAL ID Act fue establecer estándares mínimos para que las licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas por los estados puedan ser aceptadas como válidas por las agencias federales para propósitos oficiales; a saber, acceder a las instalaciones federales, abordar aviones comerciales regulados por las autoridades federales y entrar a plantas nucleares, entre otros.