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Llega otro aumento salarial en verano 2024: ¿Dónde estamos?

16 de abril de 2024
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Por Paola Arroyo Guzmán 

A partir del 1 de julio de 2024 entrará en vigor el salario mínimo a $10.50 por hora trabajada para personas empleadas no exentas.

De acuerdo con la legislación vigente, el salario mínimo estatal habrá de aumentar a $10.50 por hora de trabajo a partir del 1 de julio de 2024, sujeto al análisis de la Comisión Evaluadora, quien podría emitir un decreto mandatorio variando el mismo.

Contexto. El 21 de septiembre de 2021 el gobernador, Pedro R. Pierluisi, promulgó la Ley Núm. 47-2021, conocida como «Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico». Esta legislación aumentó el salario mínimo estatal aplicable en el archipiélago y estableció la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo, adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH).

¿Cuál es el rol de la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo? Tiene la responsabilidad de determinar los ajustes pertinentes al salario mínimo local.

Estatus. En las próximas semanas, el gobierno anunciará la determinación respecto a este incremento salarial, tomando en cuenta el análisis económico y el asesoramiento de la firma Abexus Analytics.  El periodo para el recibo de comentarios dirigidos específicamente a la propuesta que surja de dicho documento comenzará tras publicación del decreto mandatorio.

Sobre el salario promedio. Departamento del Trabajo y Recursos Humanos informó que el salario promedio en Puerto Rico es de $16.40 la hora.

La licenciada Natalia Alexa Colón Díaz, con una práctica enfocada en el derecho laboral, explicó en entrevista con Microjuris que el gobierno justificará el aumento salarial utilizando como lanza la reciente Encuesta de Empleos y Salarios por Ocupación, la cual refleja que el salario promedio por hora en Puerto Rico aumentó a $16 por hora de trabajo.

Dato. Con la aprobación de la Ley 180-1998, enmendada, conocida como la «Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico», se derogó la Ley Núm. 96, eliminando así la estructura de la Junta de Salario Mínimo. A pesar de ello, los decretos vigentes permanecieron y todas las facultades se transfirieron al Departamento del Trabajo. En la actualidad, el Negociado de Normas del Trabajo es responsable de garantizar el cumplimiento de más de 40 decretos obligatorios que aún están en vigor.

«En Puerto Rico surge esta legislación, la política salarial nuestra realmente responde a motivaciones populistas, que no es necesariamente como país queremos ver nuestra política salarial hoy y de cara al futuro como lo hacen por ejemplo otros estados, que sí  hacen un análisis prospectivos de sus proyecciones económicas serias sobre el impacto de un aumento al salario mínimo», abundó.

Destacó, además, que el informe sobre el salario promedio en el archipiélago está categorizado adecuadamente por empresas. «No me distingue el salario por tipo de empresa. Me habla del macro. Nadie se daría cuenta del aumento del salario mínimo porque, en teoría, todo el mundo está por encima, pero eso no es verdad».

Lamentó, a su vez, que el esfuerzo no esté acompañado por los informes anuales que debe radicar la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo con el propósito de que las personas ciudadanas conozcan el impacto de los últimos aumentos al salario mínimo del 2021 y 2022.

Sin embargo, recordó que la Junta de Planificación reveló en un informe ‘a posteriori’ los  beneficios del aumento salarial en Puerto Rico. El informe documenta el impacto económico del aumento salarial, actualizando, reevaluando y emitiendo recomendaciones sobre el incremento del salario mínimo en Puerto Rico a $9.50 por hora.

«Unos 553,924 empleados en Puerto Rico reciben un salario mayor al salario mínimo establecido en ley. La cantidad total de empleados a los que le aplica la ley asciende a un estimado de 756,270. El estudio concluyó que de aquellos que estaban por debajo del salario mínimo actual de $9.50 por hora, se impactaron 202,474 trabajadores en 2023», reza el informe.

Sobre la exhortación reciente que realizó la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo para que la ciudadanía comparta sus comentarios y opiniones sobre la disposición de ley que aumentaría el salario mínimo, Colón Díaz se expresó preocupada debido a que no existen delineamientos para emitir comentarios sobre el tema.

«Sobre ese particular todavía no entiendo cómo el gobierno en su totalidad no entiende el nivel de premura que tú tienes que tener para atender asuntos que impactan toda la operación (de un negocio)», indicó la licenciada, quien describió la comunicación del gobierno como una estrategia para justificar la dilatación del proceso.

Exhortó, de igual forma, a que los patronos, los profesionales de recursos humanos o derecho laboral actualicen sus políticas salariales teniendo en cuenta que el aumento será aprobado debido al escenario político partidista de cara a un proceso electoral.

«Aquí no hay consideraciones para las gestiones de negocios».

Señaló que el gobierno está en incumplimiento con la ley debido a que aun no han publicado los informes anuales. «Ahí es que tenemos los problemas».

El aumento escalonado de salario mínimo aplicará a todos los trabajadores cobijados por el Fair Labor Standards Act (FLSA, por sus siglas en inglés). Sin embargo, no aplicará a las siguientes categorías de empleo:

  • Trabajadores de la industria agrícola.
  • Personas empleadas de las agencias gubernamentales, instrumentalidades, municipios, Rama Judicial y Rama Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del Gobierno de EE. UU.
  • Personas empleadas exentas, tales como: Administradores, Ejecutivos y Profesionales, cuyos términos y condiciones son definidos mediante el Reglamento Número 13 de la Junta de Salario Mínimo.
  • Personas empleadas que reciben propinas tendrán derecho al salario mínimo federal vigente de $2.13 la hora que sumado a las propinas deberá alcanzar al menos el salario mínimo que se establece en la Ley 47-2021 o el decreto mandatorio que sea aprobado.
  • Personas empleadas cubiertas por un convenio colectivo suscrito entre una organización obrera y un patrono, siempre y cuando su salario sea igual o mayor a lo dispuesto en la Ley 47-2021

A nivel federal

Recordó, asimismo,  que existe una propuesta de regla de la División de Salarios y Horarios del Departamento federal del Trabajo (DOL, en inglés) que podría aumentar en un 58% el salario mínimo de las personas con empleos exentos en Puerto Rico. Se refirió a la enmienda a regla 541 sobre el salario mínimo de empleados exentos que, de acuerdo con la abogada, tendrá un gran impacto en Puerto Rico.

El ‘call to action’ es que las empresas empiecen a hacer un análisis del impacto económico que esta medida pueda tener sobre los trabajados y las trabajadoras que en la actualidad están clasificadas como exentas.

Definición de «exento». Los empleados están exentos si ejercen de buena fe funciones ejecutivas, administrativas o profesionales (EAP), tal y como se definen estos términos en la normativa del Departamento de Trabajo. Esta exención de la FLSA se conoce a veces como la exención de «cuello blanco» o «EAP».

¿Por qué se quiere revisar la norma? A través de esta normativa, el Departamento pretende actualizar la prueba de nivel salarial para identificar de manera más eficaz quién está empleado en una capacidad ejecutiva, administrativa o profesional de buena fe y garantizar que se apliquen plenamente las protecciones contra las horas extraordinarias previstas en la FLSA.

Además de actualizar el nivel salarial para tener en cuenta el aumento de los salarios, la propuesta del Departamento plantea que garantiza que el nivel salarial cumpla eficazmente su función histórica de filtrar a los empleados no exentos de la exención de horas extraordinarias y tendrá en cuenta de forma más eficaz el cambio de un sistema de dos pruebas a uno de una sola prueba.

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