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Logran detener ordenanza de «food trucks» de municipio de Carolina: Conozca la controversia

17 de marzo de 2018
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Actualización: Extienden entredicho sobre food trucks en Carolina

La jueza Luisa Lebrón, del Tribunal de Primera Instancia de Carolina, ordenó la paralización inmediata de la ordenanza municipal de Carolina, que establece reglas sobre la operación de «food trucks» en ese municipio, luego de que la National Food Truck Association (NFTA) y varios comerciantes ambulantes presentaran una solicitud de interdicto preliminar el pasado 6 de marzo de 2018.


A través de la resolución emitida, la jueza resaltó la necesidad de emitir el interdicto, ante las posibles consecuencias de la ordenanza 2017-2018-09, entre las que mencionó perjuicios, pérdidas y daños económicos, inmediatos e irreparables. Así las cosas, la jueza ordenó una vista de interdicto preliminar para el próximo 15 de marzo de 2018, fecha en que cesará también la vigencia de la paralización.

«Este tribunal concluye que de no expedirse la orden de entredicho provisional se ocasionarán daños inmediatos e irreparables de naturaleza económica y que los demandantes carecen de un remedio rápido y adecuado en ley para garantizar sus derechos…», explica la orden.

La Demanda de Entredicho Provisional, Injunction Preliminar y Permanente, así como Sentencia Declaratoria e Impugnación de Ordenanza, fue presentada el pasado 7 de marzo de 2018, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina.

Entre las alegaciones de la demanda, se argumentó que:

  1. La prominencia adquirida por los negocios ambulantes durante la emergencia provocada por los huracanes Irma y María y el favoritismo de los consumidores hacia este tipo de negocios provocó que grupos de interés del área del comercio hicieran gestiones para suprimir a los comerciantes de negocios ambulantes.
  2. Que el Municipio de Carolina respondió a estas presiones, aprobando la Ordenanza 2017-2018-09, que cambia de forma dramática la reglamentación de food trucks en dicho municipio.
  3. Que el efecto de la nueva reglamentación es la eliminación de la mayoría de los negocios ambulantes del Municipio, afectando el ingreso de numerosos jefes de familia.
  4. La ordenanza presentada a principios de 2018 alegadamente tenía el propósito de evitar la competencia desleal entre los negocios ambulantes y los comercios establecidos y «evitar la proliferación de negocios ambulantes en lugares donde existen edificios disponibles para el establecimiento de comercios».
  5. El proyecto indicaba que los vendedores ambulantes incurren en competencia desleal cuando entorpecen el normal desarrollo de la actividad de la zona al utilizar este tipo de actividad económica para no cumplir con sus responsabilidades contributivas, requisitos de zonificación y otros reglamentos aplicables a los negocios.
  6. El proyecto contenía disposiciones dirigidas a excluir a los negocios ambulantes de lugares donde tradicionalmente habían operado como estaciones de gasolina, centros comerciales, y propiedades públicas o privadas que fuesen visibles desde las avenidas públicas.
  7. El proyecto contenía numerosas disposiciones dirigidas a dificultar la obtención de permisos para la operación de negocios ambulantes: (1) una fianza de mil dólares para remoción de desperdicios; (2) prohibición de usar generadores eléctricos de cualquier tipo; (3) prohibición de estar conectados a la infraestructura de energía eléctrica.
  8. También les requería a operar solo por periodos de 12 horas y remover el negocio ambulante del lugar al terminar de operar.
  9. A los negocios de venta de comida se les prohibía «vender los alimentos para consumo en el lugar y sus inmediaciones» e «instalar carpas, mesas, sillas y sombrillas».
  10. La ordenanza fue aprobada el pasado 16 de febrero de 2018, fue publicada el 28 de febrero, y no se les permitió obtener copia a los vendedores ambulantes.

Según la demanda, la ordenanza viola la Cláusula de Privilegios e Inmunidades, que prohíbe a los municipios discriminar contra los no-residentes, pues le da prioridad en la emisión de permisos, a los solicitantes residentes de Carolina y a los no-residentes se les cobra un cargo adicional de $50.00 dólares.

Por otro lado, también se alega que el municipio protege a ciertos comerciantes, de forma ilegal, violando así la Cláusula de Comercio Interestatal de la Constitución de Estados Unidos, que prohíbe a las instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico discriminar para desalentar la competencia proveniente fuera de sus límites geográficos.

«La Sección 11.02 de la Ordenanza del Municipio de Carolina hace depender la decisión de conceder un permiso para la operación de un negocio ambulante de, entre otros factores, «[e]l impacto del negocio ambulante sobre las operaciones de otros comercios de ventas al detal o servicios con tienda o establecimiento fijo o permanente de sectores dedicados a renglones de bienes y servicios similares», explica la demanda.

Finalmente, en la demanda se arguye que la ordenanza viola el derecho a la libertad de expresión, puesto que prohíbe desplegar mercancía o pones «rótulos, cartelones, pancartas u otros similares en la vía o área pública municipal». Según el documento, ello incluye paseos, zaguanes, pasos para peatones, callejones, aceras y otros similares de uso público.

Otras de las alegaciones son: (1) la modificación ultra vires de la Ley de Municipios; (2) algunas de las disposiciones contravienen la Ley de Cierre y la Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral; (3) reglamenta de forma ultra vires las vías estatales y los edificios públicos; (4) obliga a que los comercios sirvan los alimentos «para llevar», entre otros.

Los demandantes y su representación legal, los abogados Antonio Bauzá y Germán Brau, llevaron a cabo una conferencia de prensa el pasado 7 de marzo de 2018, en la que anunciaron la presentación de la demanda.

"El propósito de esta ordenanza es que no hayan negocios ambulantes en Carolina. Si cada uno de los municipios prohíbe estos negocios, el comerciante sufre y sufre más el consumidor", afirmó durante una rueda de prensa el abogado Antonio Bauzá.

Bauzá también indicó que no han podido identificar los grandes intereses que están detrás de la aprobación de la ordenanza, que se sienten amenazados por los negocios pequeños.

"Van a desaparecer los negocios porque no van a poder cumplir con estas reglas y muchas personas van a perder su empleo y el consumidor no va a poder comer donde quiera", expuso por su parte Brau.

Entre tanto, la presidenta de la NFTA, Jessica Morales, aseguró que todos los food trucks tienen los permisos requeridos por ley y que el municipio se beneficia de los mismos, ya que pagan patentes e Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU).

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