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Lutgardo Acevedo fracasa en anular su sentencia de cárcel

19 de octubre de 2022
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Por Daniel Rivera Vargas

En la secuela de un caso en cuyo tracto salen marcados un exjuez, un exfiscal, un abogado y al menos un legislador, la jueza del Tribunal de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, Aida Delgado Colón, declaró no ha lugar la moción de Acevedo López, el hombre convicto de sobornar a un juez estatal de Aguadilla, quien pretendía anular su sentencia de cárcel federal.

Lee el documento aquí 

La jueza en este caso entendió que el peticionario Acevedo López «era parte de la sistemática corrupción de la función gubernamental, que sin lugar a duda ha causado la pérdida de confianza pública y de credibilidad en la judicatura de Puerto Rico».

En una opinión y orden de 35 páginas, la jueza federal recordó la madeja de corrupción por la que el juez del Tribunal de Primera Instancia, Manuel Acevedo Hernández, quien cumple sentencia de 10 años de cárcel tras ser condenado de soborno y conspiración por actos relacionados con Acevedo López, pero que también vincula a otros funcionarios.

En concreto, recordó la jueza, Acevedo López mató el 30 de junio de 2012 a una persona en un choque de tránsito y enfrentaba cargos de homicidio negligente, tras lo cual contactó al juez del caso, Manuel Acevedo, quien a cambio de ayudarlo en su caso de homicidio negligente le pidió su apoyo político para obtener un ascenso al Tribunal de Apelaciones y puestos en el gobierno para algunos familiares. El juez, además de la promesa de apoyo para un nuevo cargo de juez apelativo, recibió de parte de Acevedo López una motocicleta, que le arreglaran su garaje, que le pagaran deudas contributivas "y regalos".

Siguió contando la jueza Delgado Colón que en marzo de 2013, el juez Acevedo absolvió a Lutgardo Acevedo, pero, al mes próximo, asistió a un seminario de la Administración de Tribunales como pasajero en un auto que era conducido por un socio de Acevedo López, Ángel "Lito" Román, y este conducía en aparente estado de embriaguez por lo que fue intervenido por policías.

El juez trató de intervenir a su favor y resulta que algunos policías que estaban interviniendo habían  participado en el juicio en el que Acevedo López salió absuelto, lo que culminó en una investigación federal.

Tras resumir los hechos del caso del acusado, la jueza federal analizó los argumentos para pedir anular su sentencia, y rebatió los mismos.

Por ejemplo, Acevedo López dijo que no fue adecuadamente asistido por abogados porque, entre otras cosas, no hicieron un planteamiento de competencia mental. La jueza sostuvo que el acusado no alegó previamente ante Boston que su admisión de culpa fuera involuntaria o no inteligente.

Además, la jueza transcribió parte de su intercambio en la vista de sentencia con el acusado como una evidencia de que Acevedo López era competente. Esto incluyó un extracto donde el acusado detalla las diferencias entre cargos concurrentes y consecutivos.

La jueza dijo que el récord del caso está repleto de evidencias sobre la competencia mental del peticionario.

"El peticionario -un ex abogado, un ex policía y Contador Público Autorizado- demostró su comprensión al cambiar su alegación a una de culpabilidad. Él mostró al tribunal (convincentemente) que estaba plenamente consciente de la naturaleza de los cargos en su contra y los explicó en sus propias palabras", sostuvo la jueza.

Otro argumento de Acevedo López es que se declaró culpable porque supuestamente la fiscalía federal ofreció pedir una sentencia más reducida y que supuestamente tenían evidencia, pero nunca se la mostraron a él. La jueza Delgado Colón dijo que en su vista de sentencia el peticionario se le preguntó si pudo discutir la evidencia en su contra y respondió en la afirmativa. Además, dijo que tanto en el acuerdo de alegación de culpa como en su exposición oral al declararse culpable, el acusado indicó que "no se le prometió una sentencia diferente".

También Lutgardo Acevedo alegó conflicto de interés en la preparación de su informe presentencia porque el director para la época de esa oficina, Eustaquio Babilonia Hernández "es primo segundo de la víctima del accidente de auto, el señor Félix Babilonia Valentín, y primo hermano de Anaudi Hernández", quien sería la persona que gestionaría el cargo de juez apelativo para el juez Acevedo.

Pero, dijo la jueza, el acusado falló en establecer "una probabilidad razonable" de que el resultado de su proceso hubiera sido diferente si se hubiera asignado a alguien de otro tribunal para el proceso de Informe Presentencia.

Acevedo también alegó que su abogada anterior no fue efectiva porque no presentó factores atenuantes al momento de la sentencia, como que cooperó en las investigaciones estatales contra el exfiscal Joseph Esparra o en el caso contra el expresidente de la Cámara de representantes Jaime Perelló. Pero, la jueza resumió parte de la exposición de la defensa del acusado en la vista de sentencia, que está "lo humanizaba", se plantean factores como la muerte de su padre o sus problemas médicos con enfermedades como bipolaridad.

Asimismo, el acusado dijo que su abogada debió haber investigado mejor dos tres previos considerados en la sentencia, como que Acevedo López sacó armas de fuego, amenazó de muerte a varias personas en incidentes separados y se le vinculó a una golpiza al dueño de un restaurante, así que participó en la destrucción de evidencia de un caso junto al exfiscal Esparra al echar documentos por un inodoro en la oficina del abogado Ivan Crespo Arroyo.

La fiscalía planteó que se trataba de un intento de Acevedo López de relitigar lo que ya había evaluado la jueza y que ya fue considerado por Boston. "Como regla general, no se puede usar una moción 2255 para relitigar un reclamo previamente rechazado en apelación", dijo la jueza Delgado Colón.

La condena impuesta en el 2015 por la jueza fue de 108 meses, o 9 años, de cárcel impuesta en el 2015. En esta opinión, emitida hace dos semanas, Delgado Colón recordó que cuando el caso fue evaluado por el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito, en Boston, que expresó que "considerando la seriedad y naturaleza corrosiva de los crímenes hubiera sido más apropiado que el tribunal de distrito hubiera impuesto una sentencia más alta".

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