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Mandato a las agencias para evitar pérdida de ayudas gubernamentales

08 de mayo de 2023
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El Senado de Puerto Rico aprobó esta semana de forma unánime una propuesta para ordenar a varias agencias de asistencia social a realizar enmiendas a los planes estatales sometidos ante las agencias del gobierno federal, con el propósito de prevenir que los aumentos al salario mínimo no excluyan automáticamente a miles de personas participantes de los programas de beneficencia social.

La Resolución Conjunta del Senado 214, de la autoría de los senadores José Vargas Vidot y Juan Zaragoza Gómez, cuenta con un informe positivo de las Comisiones de salud y, de bienestar social y asunto de la vejez.

Mediante la aprobación de la Ley 47-2021, conocida como Ley del Salario Mínimo de Puerto Rico, se dispuso de un aumento inicial en el salario mínimo en Puerto Rico a $8.50 por hora comenzando el 1 de enero de 2022.  Asimismo, la referida ley disponía de dos aumentos adicionales al salario mínimo, siendo el primero efectivo el 1 de julio de 2023, a $9.50 por hora y para el 1 de julio de 2024 el salario mínimo de Puerto Rico aumentaría a $10.50 por hora a menos que la Comisión Evaluadora de Salario Mínimo emita un decreto mandatorio variando estas disposiciones.

Los autores de la medida exponen que durante la consideración de la Ley 47-2021 en la Asamblea Legislativa se atendió la preocupación que existe sobre el posible efecto del aumento en el salario mínimo sobre las ayudas de beneficencia social en Puerto Rico. Entre las más importantes ayudas se encuentran: el acceso a servicios de salud bajo el Plan de salud del Gobierno (Plan Vital), el acceso al Programa de Asistencia Nutricional (PAN) y servicios de vivienda administrados por el Departamento de la Vivienda.

Se añade que la propia Ley 47-2021 dispone que será deber de la Comisión, notificar aquellas agencias que estén a cargo de desembolsar, solicitar y/o supervisar programas de beneficencia social sobre la aprobación de cualquier decreto, en o antes de un término de 30 días desde la aprobación del mismo. De la misma forma, se les ordena a dichas agencias a atemperar o solicitar que se atemperen, los requisitos y topes de ingreso para la cualificación de los mismos, a los fines de minimizar cualquier posible impacto negativo a sus beneficiados y que los mismos no sean descalificados automáticamente.

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Sin embargo, aunque el primer aumento de salario mínimo se proyectó para comenzar el 1 de enero de 2022, las agencias que administran las ayudas de beneficencia social no han solicitado u obtenido la aprobación para enmendar sus planes estatales. Esto pudiese repercutir en la elegibilidad de miles de puertorriqueños a los mencionados programas, haciéndoles inelegibles al aumentar su ingreso.

Ante esta situación, la propuesta legislativa incluye un mandato a la Administración de Seguros de Salud (ASES), a la Oficina de Medicaid de Puerto Rico adscrita al Departamento de Salud, al Departamento de la Familia y al Departamento de la Vivienda que procedan a realizar las correspondientes enmiendas a los planes estatales sometidos ante las agencias del gobierno federal.

La medida pasará ahora a la Cámara de Representantes para su consideración. 

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