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Tras aprobarse en el Senado, la Cámara de Representantes tiene ante su consideración el Proyecto del Senado 440 para enmendar la Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal.
El propósito es aclarar que los tribunales solo le podrán anotar la rebeldía a la persona deudora, luego que las parte hayan sido referidas oficialmente a un procedimiento de mediación.
La medida expone que, pese a que la ley de medicación obliga a acreedores y deudores a participar de una mediación, en la práctica, los tribunales se demoran más de 30 días en realizar el referido oficial al proceso de mediación, y como consecuencia, la persona acreedora aprovecha la oportunidad para solicitar al tribunal la anotación en rebeldía.
Las personas acreedoras entonces tienen la posibilidad de solicitar que se dicte sentencia sumaria en rebeldía, ante el alegado desinterés de la persona deudora en atender el caso.
Con esta enmienda, se pretende añadir a la legislación lenguaje que disponga que el tribunal no puede anotar rebeldía a la persona deudora, sino hasta luego de haberle referido a un procedimiento de mediación.
La Asociación de Bancos se opuso a la medida, argumentando que la enmienda conllevaría un impacto negativo en el mercado de bienes raíces, debido, principalmente a que, alarga el tiempo en desuso de los inmuebles.
La asociación también afirmó que la medida afecta el bienestar de la comunidad, así como el valor de las propiedades aledañas, la persona acreedora deja de percibir sus pagos e incluso las asociaciones de residentes, de igual forma, experimentan una merma en el pago de sus cuotas.
Mientras, la organización Servicios Legales de Puerto Rico apoyó la enmienda propuesta, ya que entiende que el nuevo lenguaje brindaría oportunidad a la persona deudora de conocer las distintas alternativas que posee y el proceso al que se estará enfrentando desde un principio.
La medida legislativa, que ahora pasa a la consideración de la Cámara de Representantes, es de la autoría de la senadora Gretchen M. Hau.
La aprobación en el Senado surge luego que el Tribunal Supremo de Estados Unidos (TSEU) determinó que solo al Congreso y a las legislaturas estatales podían aprobar moratorias para emergencias, y no a entidades como los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).
Luego, el gobernador Pedro Pierluisi vetó el Sustitutivo de la Cámara a los Proyectos de la Cámara 429 y 488, que hubiese creado la Ley de Protección a la Vivienda durante Emergencias.
El gobernador explicó que vetó la propuesta porque —a pesar de su loable intención— «este proyecto altera de forma irrazonable los derechos de los acreedores hipotecarios a hacer efectivos sus créditos y pudiera ser interpretada como una medida confiscatoria por menoscabar obligaciones contractuales«.