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Multa a Claro por faltas al Reglamento contra Prácticas y Anuncios Engañosos

13 de abril de 2015
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DACO multa a Claro por faltas al Reglamento contra Prácticas y Anuncios EngañososEl Departamento de Asuntos del Consumidor emitió una multa contra la compañía de celular Claro por faltas al Reglamento contra Prácticas y Anuncios Engañosos.

La violación se desprende de una promoción que la empresa de telefonía publicara en la prensa escrita del país. En el anuncio se ofrece el teléfono celular Samsung Galaxy S6 y el Galaxy S6 Edge, sin embargo, cuando los consumidores visitan el establecimiento de Claro en Plaza las Américas este último modelo no estaba disponible. De hecho, en la visita al comercio, el Inspector de Fiscalización de la agencia descubrió que la empresa tenía conocimiento que el Galaxy S6 Edge no estaría disponible de manera que el anuncio atraía a los consumidores a la tienda para venderle otro bien.

"Este tipo de publicidad llamativa busca un gancho fácil para llevar al consumidor a la tienda y entonces incumplirle. Esto es una carnada clásica de publicidad engañosa y en el DACO no permitiremos esta práctica," sentenció el secretario Nery E. Adames Soto.

Según estipula la Regla 7B-3 del Reglamento contra Prácticas y Anuncios Engañosos, la violación consiste en, "Anunciar u ofrecer un determinado bien o servicio como carnada, consciente que no está disponible, para atraer al consumidor e intentar venderle otro bien o servicio; desalentar la compra de un bien o servicio anunciado y ofrecer otro en sustitución". Por otra parte, también violenta la Regla 7B-20, que trata sobre la "la omisión del comerciante en entregar o prestar diligentemente el bien o servicio según anunciado u ofrecido".

El aviso de infracción emitido puede fluctuar entre $400 hasta $10 mil y se basa en la reincidencia del comercio.

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