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No ha lugar entredicho provisional presentado por UPR Utuado contra estudiantes

04 de mayo de 2017
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No ha lugar entredicho provisional presentado por UPR Utuado contra estudiantes La jueza Superior María Elena Pérez Ortiz del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Utuado, declaró «No ha lugar» una petición de entredicho provisional incoado por la Universidad de Puerto Rico (UPR) en Utuado contra varios estudiantes, por esta no cumplir con los requisitos necesarios para su expedición.

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La demanda expone que en la pasada asamblea de estudiantes llevada a cabo el 25 de abril de 2017 una mayoría de los estudiantes presentes votaron a favor de levantar la huelga. La validez de dicha asamblea está «debidamente documentada», indica además.

«Estos resultados tan contundentes evidenciaron el anhelo de los estudiantes por retomar sus clases para completar el semestre académico. En forma alguna, tales actuaciones implican que estén de acuerdo con los recortes previstos por la Junta de Supervisión Fiscal», lee la demanda.

Sin embargo, exponen que los estudiantes a favor de la continuación de la huelga aún impiden el acceso de profesores y estudiantes que llevan a cabo y mantienen labores de investigación científica dentro de la UPR.

En la demanda, que además solicita un injunction preliminar y permanente, interdicto posesorio y daños y perjuicios por perturbación o estorbo, se solicita que se emita una orden a los demandados para que cesen y desistan de cualquier actuación que perturbe e impida el libre y pacífico acceso a los predios, edificios e instalaciones de la institución a los docentes, personal administrativo y personal que lleva a cabo labores esenciales. Además solicitan que dicte un interdicto posesorio a favor de la institución, y que los demandados permitan la entrada a la universidad so pena de desacato. Finalmente se solicita que se le imponga a los demandados a resarcir a la UPR Utuado «por los daños que sus actuaciones culposas, intencionales y negligentes le han causado y le continuarían causando a la institución», expone la demanda.

A pesar de la determinación inicial de no expedir el entredicho provisional, el Tribunal citó a las partes a una vista el próximo 5 de mayo de 2017 a las 9:30 a.m. en la que deben exponer sus posiciones y teoría legal a los fines de disponer de las otras causas de acción.

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