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No podrán condicionar ni revocar probatoria a pacientes de cannabis

03 de noviembre de 2021
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El gobernador de Puerto Rico Pedro Pierluisi convirtió en ley esta semana el Proyecto de la Cámara 871, que busca enmendar la Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba, con el propósito de prohibir que se considere una violación a las condiciones de libertad a prueba o para conceder los beneficios de una probatoria, el uso de cannabis medicinal.

Lee la Ley 57-2021

Con la enmienda traída por la ahora Ley 57-2021, la Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba prohíbe que se considere la detección o presencia de cannabis en el cuerpo del probando como una violación a los términos para conceder la probatoria, ni se podrá iniciar el procedimiento de revocación, cuando se trate de una persona certificada como paciente de cannabis medicinal.

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La certificación como paciente debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley 42-2017, mejor conocida como la Ley MEDICINAL, que regula todo lo relacionado al cannabis para usos terapéuticos.

El proyecto de ley fue presentado por el representante Jesús M. Ortiz González.

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