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NOTICIAS | Andrea Ruiz , Judicial , Litigación , mujeres , NOTICIAS , Poder Judicial de Puerto Rico , violencia de género
El Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) determinó que no procede la solicitud de información para que se publique el audio de las vistas de Andrea Ruiz Costas, la persona que apareció calcinada tras solicitar sin éxito una orden de protección.
El Supremo concluyó que los procesos en las salas de violencia doméstica son de naturaleza sensible y requieren un acceso controlado.
De acuerdo con el Supremo las grabaciones no deben hacerse públicas, aunque sea de manera suprimida o limitada, independientemente de quién lo solicite.
«Advertimos que todo ciudadano que considere que la actuación de un juez o jueza se ha basado en consideraciones ajenas al ordenamiento jurídico, tiene disponible el procedimiento que a esos fines proveen las Reglas de Disciplina Judicial», estableció el Supremo.
Aunque se esperaba que la determinación surgiera de la reconsideración que presentó la Overseas Press Club al Supremo, la determinación surge en respuesta a una moción que presentó la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO) al Tribunal de Primera Instancia de Caguas para solicitar el audio de las vistas de Andrea Ruiz.
La asociación solicitó que se eliminaran las partes sensitivas del testimonio de Ruiz Costas.
La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, presentó una opinión disidente. El juez Luis Estrella Martínez presentó una opinión disidente. El juez Ángel Colón Pérez presentó una opinión disidente.
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