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Nueva ley autoriza licencias provisionales para profesionales de la salud durante emergencias

15 de julio de 2026
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La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, convirtió al Proyecto del Senado 318, en la Ley 117-2026, con el propósito de enmendar la Ley 82-1912, según enmendada y conocida como la Ley del Departamento de Salud, para facultar al secretario de Salud a emitir licencias provisionales a profesionales de la salud y a médicos durante emergencias declaradas.

Esta legislación, de la autoría del portavoz alterno de la mayoría en el Senado por el Partido Nuevo Progresista (PNP), Juan Oscar Morales Rodríguez, autoriza al secretario de Salud a ordenar a las juntas examinadoras adscritas al Departamento de Salud, la expedición de licencias provisionales cuando exista una emergencia declarada por el presidente de Estados Unidos, la gobernadora o el propio secretario de Salud, con el propósito de ampliar la disponibilidad de personal médico y de salud para atender situaciones que amenacen la salud pública.

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Según surge de la exposición de motivos, esta nueva ley busca garantizar una respuesta rápida y adecuada durante emergencias o en alguna pandemia, permitiendo que un mayor número de profesionales pueda ofrecer servicios sin que el requisito de aprobar el examen correspondiente a su especialidad retrase su incorporación al sistema de salud.

El proyecto de ley, que contó con la coautoría del senador Rafael Santos Ortiz, dispone que las licencias provisionales solo podrán otorgarse a profesionales que posean una licencia activa expedida por cualquier jurisdicción de Estados Unidos o sus territorios, o que hayan aprobado los exámenes requeridos para ejercer su profesión, aunque aún no se les haya expedido la licencia al momento de declararse la emergencia. Sin embargo, éstos deberán cumplir con los requisitos adicionales que establezca el secretario de Salud mediante reglamento.

Las licencias provisionales permanecerán vigentes mientras dure el estado de emergencia. Una vez concluya, el secretario de Salud deberá presentar a la Asamblea Legislativa, dentro de un término no mayor de 90 días, un informe que detalle el número y tipo de licencias expedidas, las profesiones de los beneficiarios y cualquier revocación o medida disciplinaria adoptada al amparo de la ley.

Cabe destacar que durante el cuatrienio pasado, el entonces gobernador Pedro Pierluisi Urrutia, vetó una medida que ordenaba que el Departamento de Salud le requiriera a todas las juntas examinadoras de profesionales de la salud adscritas a dicho departamento, que éstas emitieran licencias provisionales para los médicos y profesionales de la salud, eximiéndose temporalmente del requisito de tomar los exámenes correspondientes a su especialidad.

La Resolución Conjunta del Senado 129, presentada por el entonces presidente del cuerpo senatorial, José Luis Dalmau Santiago, disponía a su vez que dichas licencias provisionales serían vigentes mientras durara la declaración de emergencia por el Covid-19, o hasta cuando el Secretario de Salud así lo determinara, y caducarían una vez que el gobernador informara del fin de la emergencia en Puerto Rico.

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