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Nueva "Ley de Empleo de Menores en Puerto Rico" deroga estatuto de 1942 y establece nuevas protecciones laborales

03 de abril de 2025
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La representante por acumulación del Partido Popular Democrático, Swanny Enit Vargas Laureano, presentó legislación para establecer la nueva Ley de empleo de menores en Puerto Rico.

El Proyecto de la Cámara 205 busca derogar la Ley Núm. 230 de 1942 y establecer un nuevo marco legal actualizado para el empleo de menores, acorde con la realidad social, tecnológica y educativa de estos tiempos.

La medida define la edad mínima para trabajar, regula el horario laboral, prohíbe ciertas ocupaciones peligrosas o inadecuadas, y  requiere autorización familiar y certificaciones médicas, escolares y de edad. Además, dispone penalidades para patronos en incumplimiento.

Descarga el Proyecto de la Cámara 205

"Esta legislación representa un paso hacia un estado de derecho más justo para nuestros jóvenes. No podemos seguir aplicando normas que no reflejan la realidad de nuestras comunidades ni los desafíos del presente", expresó la representante Vargas Laureano.

El proyecto establece por primera vez un sistema estructurado de autorizaciones de empleo, certificados de trabajo, y notificaciones obligatorias por parte de patronos al Departamento del Trabajo. Además, prohíbe el empleo de menores en ocupaciones consideradas peligrosas y detalla con precisión los horarios máximos permitidos según la edad.

"Los menores podrán trabajar sin que se afecte su educación ni su seguridad. Esta ley reconoce que hay jóvenes con deseos de progresar, pero protege ante todo su derecho a crecer sanos y educados. Además, le brinda la oportunidad a nuestros jóvenes a adquirir experiencia laboral mientras estudian", añadió Vargas Laureano.

La medida, que ya fue respaldada públicamente durante una conferencia de prensa en La Fortaleza, por la gobernadora Jennifer González, también estipula que los estudiantes deberán estar matriculados y asistir regularmente a sus clases, limitando el empleo solo fuera del horario escolar o durante vacaciones, y dispone multas de hasta $5,000 por violaciones recurrentes.

Entre las regulaciones más importantes para emplear menores entre 12 a 18 años de edad:

  • Se prohíbe el empleo en cualquier ocupación lucrativa a menores de 12 años.
  • Menores de 12 y menos de 14 años: Pueden trabajar solo si tienen un certificado de empleo o permiso especial del Departamento del Trabajo.
  • Menores de 14 y menos de 16 años: Pueden trabajar con autorización de su padre, madre, tutor o encargado y notificación de Empleo al Departamento del Trabajo.
  • Menores de 16 y menos de 18 años: Pueden trabajar con una Notificación de Empleo enviada por el patrono al Departamento.

El Proyecto de la Cámara 205 fue referido a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales para su análisis. De ser aprobado, sustituiría una legislación vigente desde hace más de 80 años y establecería un nuevo estándar de protección para los menores trabajadores en la Isla.

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