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Nueva Ley del expediente digital único para personas con diversidad funcional en Puerto Rico

18 de abril de 2025
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La Ley Núm. 6-2025, conocida como la Ley del Expediente Digital Único para Personas con Diversidad Funcional, fue firmada por la Gobernadora, Jenniffer González Colón, para establecer la creación de un expediente digital centralizado para personas con diversidad funcional. Este expediente propone mejorar la continuidad y eficiencia de los servicios prestados por el Departamento de Salud, el Departamento de Educación y la Administración de Rehabilitación Vocacional.

La ley fue presentada como un Proyecto de administración bajo la autoría de las Delegaciones Legislativas del Partido Nuevo Progresista y la co-autoría del senador José A. Santiago Rivera del Partido Popular Democrático. La nueva ley dispone:

  • Centralización de Información: Crear un expediente digital único que contenga información relevante sobre los servicios recibidos por personas con diversidad funcional.
  • Interoperabilidad: Garantizar que las agencias gubernamentales puedan compartir y acceder a la información de manera eficiente y segura.
  • Acceso Seguro: Permitir que las personas con diversidad funcional y sus representantes legales accedan a su información de manera confidencial y en formatos accesibles.

De igual forma, la nueva ley impone a la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) la responsabilidad de la creación, implementación y mantenimiento del expediente digital. Además, la entidad deberá asegurar la protección de los datos personales y la confidencialidad de la información contenida en el expediente.

Puedes ver la Ley 6-2025 aquí

Para la implementación de la iniciativa, las agencias gubernamentales tienen un plazo de 90 días, a partir de la aprobación reglamentaria de PRITS, para integrar sus plataformas y sistemas de información al expediente digital.

PRITS, en coordinación con las agencias concernidas, debe adoptar la reglamentación necesaria para el cumplimiento de esta ley en un periodo no mayor de 180 días desde su aprobación.?

La ley entrará en vigor 180 días después de su aprobación, excepto por las disposiciones relacionadas con la adopción de reglamentos y preparación de inventarios de datos, las cuales entrarán en vigor inmediatamente.

Se destaca que la ley busca la modernización de los servicios gubernamentales para personas con diversidad funcional en Puerto Rico, promoviendo la inclusión y el acceso equitativo a servicios esenciales.

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