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Nueva orden ejecutiva obliga vacunación en el sector privado

15 de noviembre de 2021
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El gobernador Pedro Pierluisi anunció la firma de una nueva orden ejecutiva contra el COVID-19 que entrará en vigor hoy, lunes 15 de noviembre.

La nueva orden ejecutiva incluye principalmente la vacunación obligatoria para patronos con 50 empleados o más, la eliminación del requisito de una certificación jurada para excepción religiosa y la presentación de prueba negativa el primer día de jornada laboral para las personas no vacunadas, que ahora se presentará cada siete días laborables.

Lee aquí la nueva orden ejecutiva

La orden ejecutiva también atiende medidas para ordenar la vacunación a menores de 5 a 11 años y determinar sus limitaciones en actividades multitudinarias.

Específicamente, los patronos del sector privado con 50 empleados o más deberán cumplir el requisito de vacunación y tendrán 45 días para completarla.

La orden ejecutiva insta a los patronos a permitir la vacunación en horario laboral.

En cuanto a los empleados públicos o contratistas, la nueva orden también incluirá a los empleados municipales, quienes tendrán 45 días para cumplir con la vacunación completa, ya sea con una de las vacunas autorizadas. Los empleados tendrán tres opciones: vacuna, resultado negativo o resultado positivo con documento que acredite su recuperación.

Con la nueva orden ejecutiva, de no vacunarse, no será necesario alegar alguna excepción religiosa o médica y los empleados tendrán la opción de presentar el resultado negativo al menos cada siete días, en cualquier día laboral, sin limitarse a ser exclusivamente el primer día de jornada laboral.

La nueva orden ejecutiva mantiene los mandatos de vacunación para empleados, contratistas o profesionales individuales que trabajan en los sectores de la salud y de educación para poder laborar de forma presencial. La misma exigencia de pruebas cada siete días aplican para aquellos con excepciones religiosas o médicas.

La orden ejecutiva frente a la paralización del mandato de vacunación federal

A preguntas durante la conferencia de prensa para anunciar la nueva orden ejecutiva, el gobernador no se mostró preocupado por la orden de paralización impuesta por el Tribunal de Apelaciones federal para el Quinto Circuito de Nueva Orleans a la directriz de OSHA y del presidente Joe Biden que imponía el requisito de vacunación para empresas con 100 empleados o más.

El reglamento temporal de OSHA, que actualmente se encuentra paralizado tras la orden del Tribunal del Quinto Circuito, requería la vacunación obligatoria a las y los empleados presenciales. Además, obligaba a aquellas y aquellos que no estén vacunados a costear de su bolsillo y presentar cada siete días una prueba molecular negativa, el uso de mascarillas y las medidas de distanciamiento constante.

La Corte del Quinto Circuito paralizó este viernes la entrada en vigor de estas reglas para la vacunación en el sector privado.

"El Primer Circuito no se ha expresado, o sea que esa decisión [la orden de paralización del Quinto Circuito] no es vinculante, no nos impacta a nosotros", expresó el gobernador en conferencia de prensa. El distrito federal judicial de Puerto Rico está asignado a la Corte de Apelaciones del Primer Circuito.

El profesor de derecho laboral de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR), Jaime Sanabria, indicó que la paralización decretada por el Quinto Circuito aplica a todo el territorio de Estados Unidos y Puerto Rico. Según Sanabria, decir lo contrario, en este contexto, es incorrecto jurídicamente.

"Un tribunal federal está desautorizando a una agencia federal a que prosiga con un reglamento", explicó.

Aunque el mandato del Quinto Circuito no especifica si la paralización se extiende por todo el territorio, si limita al gobierno federal a tomar cualquier acción para hacer cumplir el "Emergency Temporary Standard" de OSHA.

Medidas contra el COVID en escuelas, universidades, eventos multitudinarios y restaurantes

En el área de educación, la vacunación es obligatoria para estudiantes de 12 años o más, incluyendo universitarios y grados técnicos de cualquier entidad pública o privada, sujeto a las excepciones religiosas o médicas. De tener la excepción, tendrán que hacerse las pruebas cada siete días.

De no cumplir con la vacunación, si no cualifica para las excepciones, no podrá asistir a recibir educación presencial y deberán recibir la educación de forma virtual o por algún método alterno, de estar disponible.

Además, la nueva orden ejecutiva requiere la vacunación todo menor de 5 a 11 años como requisito para recibir educación presencial, salvo por las excepciones reconocidas.

Aquellos con excepción religiosa o médica podrán asistir a clases presenciales, y los que no las tengan, recibirán educación remota. El Departamento de Salud realizará pruebas aleatorias de esta población, según lo entienda necesario.

Los menores deberán haber completado su vacunación en o antes del 31 de enero de 2022.  Luego de esa fecha, todos los residentes de Puerto Rico de 5 años o más serán regidos bajo las mismas reglas con relación a la vacunación y restricciones de actividades multitudinarias o por ciento de aforo.

Como parte de la nueva orden ejecutiva y como medida cautelar, se mantiene el uso de mascarilla en actividades con 50 personas o más al aire libre y se recomienda en lugares turísticos en áreas urbanas donde haya aglomeraciones. Este requisito de mascarilla no incluye playas ni balnearios.

El Departamento de Salud también podrá exigir el uso de mascarillas en otros escenarios que determine adecuado. Se sigue exigiendo el uso de mascarilla en lugares cerrados como hasta el momento. Para reuniones privadas de 20 personas o menos, en las cuales todos están vacunados, la mascarilla será recomendada pero no obligatoria.

En cuanto a actividades multitudinarias en lugares cerrados, se mantiene que todas las personas deberán estar vacunadas para que el establecimiento tenga un 100 por ciento de ocupación; para los establecimientos que soliciten la prueba negativa, el aforo se limitará al 50 por ciento de ocupación.

Los menores de 5 a 11 años, podrán asistir a eventos multitudinarios en lugares cerrados hasta el 31 de enero de 2022 con un resultado de prueba negativa de COVID-19 realizada 72 horas antes de acceder al establecimiento.

A partir del 1 de febrero de 2022, estos menores se regirán por las disposiciones que aplican a los adultos. Las disposiciones anteriores no aplicarán a menores de 5 años, quienes no podrán asistir a estos eventos salvo por una dispensa del Departamento de Salud.

Las disposiciones anteriores no aplicarán a eventos públicos o religiosos en los que se brinden servicios gubernamentales o medie dispensa del Departamento de Salud.

Para actividades en lugares abiertos con aglomeraciones de 500 personas o más, deberán exigir uso de mascarilla y los organizadores deben coordinar los protocolos necesarios con el Departamento de Salud. Para actividades al aire libre de menos de 500 personas, se sigue requiriendo el uso de mascarilla en todo momento.

Por otra parte, requisitos de estar vacunado o presentar un resultado negativo contra el COVID?19  en restaurantes, hoteles y otros establecimientos ahora incluirán a menores a partir de los 5 años. Los aplicarán a los menores de 5 a 11 años desde el 1 de febrero de 2022.

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