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La Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras, adscrita al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), promulgó un nuevo reglamento para la evaluación y el licenciamiento de los programas de reeducación y readiestramiento de personas que fueron declaradas agresoras.
El reglamento cubre los trámites de solicitudes de licencias, renovaciones, inspecciones y vistas administrativas, entre otros trámites de certificación y licenciamiento para lograr la efectividad de los programas.
El nuevo reglamento estará vigente desde el 26 de febrero de 2021.
La nueva reglamentación deroga el Reglamento 7260, vigente desde el 2006.
El nuevo reglamento es aprobado para cumplir con la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica y proveer atención al proceso de intervención y de rehabilitación de la persona agresora mediante el proceso de reeducación, así como servicios debidamente certificados.
Entre otros requisitos mandatorios, se establece que los programas que sean certificados deban utilizar un programa que se considere efectivo para la intervención y la reeducación de las personas agresoras y desarrollar un procedimiento objetivo para evaluar el nivel de letalidad del agresor y alertar a la víctima, o posibles víctimas, sobre este aspecto.
Otros requisitos mandatorios de los programas a ser certificados son:
La junta tiene la facultad de revocar las licencias y certificaciones conferidas para el desarrollo de los programas de reeducación y readiestramiento, así como el deber de monitorear constantemente a las instituciones y sus programas de desvío para asegurar la calidad y efectividad de los servicios para lograr la rehabilitación de la parte agresora en casos de violencia doméstica.
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