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NOTICIAS | Abogacía y Ética , Bienestar Público , Ejecutivo , Familia , Finanzas y Valores , LGBTIQ+ , mujeres , NOTICIAS , Profesionales y Oficios , reglamentos
La Oficina para la Procuradora de las Mujeres promulgó una nueva regulación para uniformar las normas aplicables a las personas intercesoras en casos de violencia de género, priorizando en los casos de violencia doméstica y violencia sexual.
El Reglamento 9256, que entró en vigencia desde el 26 de febrero, adopta un proceso de autorización que será expedido por la OPM.
La reglamentación reconoce que las personas que fungen como intercesoras legales cumplen un rol importante de apoyo y orientación a las víctimas de violencia de género, particularmente en los procedimientos de violencia doméstica y violencia sexual que se ventilan ante el tribunal.
La participación de las personas intercesoras consiste en acompañar en las vistas de un tribunal a quien se querelle como una sobreviviente de violencia doméstica o violencia sexual, ya sea en un proceso civil o criminal, asistirle en el proceso de completar el formulario de petición de orden de protección, proporcionar información sobre sus derechos, ayudar en la tramitación de los procedimientos o coordinar otros servicios disponibles en la comunidad.
La nueva reglamentación anula el reglamento 9007, que estuvo vigente desde febrero 2018 y reconoce una Academia de Intercesoría Legal con los objetivos de capacitar a las profesionales para que puedan contar con las herramientas adecuadas para ofrecer apoyo a las sobrevivientes.