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El Departamento de Corrección y Rehabilitación promulgó un nuevo reglamento sobre actividades dentro y fuera de las instituciones del sistema correccional que entrará en vigor desde el 10 de octubre de 2023.
El nuevo Reglamento 9497 establece los criterios de elegibilidad para participar en los programas de rehabilitación, tales como el de teatro correccional, bandas musicales, deportes de alto rendimiento, brigadas de trabajo y el programa artesanal.
El Reglamento de Actividades y Nuevas Oportunidades de Rehabilitación y Tratamiento, que fue radicado el día 11 de septiembre de 2023, y anula el reglamento 7614, cubre actividades institucionales, interinstitucionales y en la libre comunidad como restricciones de lugares para actividades; solicitud y concesión de la dispensa; criterios generales para la celebración de actividades internas en las instituciones correccionales. Se regulan también el procedimiento para la autorización de permisos a miembros de la población correccional para participar de actividades especiales y únicas en la libre comunidad; programas de rehabilitación; brigadas de trabajo en la libre comunidad, facilidades correccionales y sus predios; programa artesanal, y medidas disciplinarias.
Cabe destacar que esta nueva regulación también deroga los siguientes reglamentos: Reglamento lnterno para Brigadas de Trabajo en la Libre Comunidad, Facilidades Correccionales y sus Predios, Manual de Normas y Procedimientos sobre Nuevas Oportunidades de Rehabilitación y Tratamiento y el Manual de Normas y Procedimientos Programa Artesanal, entre otros reglamentos y órdenes administrativas.
El Reglamento 9497 será aplicable a todos los miembros de la poblaci6n correccional que estén bajo la custodia legal del OCR así como a los ciudadanos y empleados del Departamento de Corrección que intervengan en las actividades y en los programas de rehabilitación y tratamiento.