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OAT y Asociación de Bancos firman acuerdo para tramite uniforme de embargos de cuentas bancarias

14 de junio de 2012
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El Juez Presidente del Tribunal Supremo, Hon. Federico Hernández Denton (al centro) agradeció al señor Arturo Carrión la colaboración de la Asociación de Bancos de Puerto Rico. Observa la Directora Administrativa, Hon. Sonia Ivette Vélez Colón.
El Juez Presidente del Tribunal Supremo, Hon. Federico Hernández Denton (al centro) agradeció al señor Arturo Carrión la colaboración de la Asociación de Bancos de Puerto Rico. Observa la Directora Administrativa, Hon. Sonia Ivette Vélez Colón.

La Directora Administrativa de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Hon. Sonia Ivette Vélez Colón, y el Vicepresidente Ejecutivo de la Asociación de Bancos de Puerto Rico (ABPR), Arturo L. Carrión, firmaron el 12 de junio de 2012 en la OAT un nuevo «Protocolo para facilitar el trámite de embargos de cuentas bancarias». Con ello pusieron en vigor una forma nueva y más efectiva para llevar a cabo los procesos de embargos de cuentas bancarias en los procesos judiciales que requieren de esta medida.

«La evolución y modernización en los procesos de las instituciones bancarias, sumado al alto volumen de órdenes de embargo que se tramitan diariamente en los Tribunales de Primera Instancia, amerita un esfuerzo coordinado para garantizar la efectiva operación de ambos sistemas», indicó la Jueza Vélez Colón.

El nuevo procedimiento establece que los embargos de cuentas bancarias emitidos en cualquier Región Judicial se tramitarán en forma centralizada en la oficina de cada institución bancaria en el área metropolitana de San Juan. Hasta ahora se requería que un alguacil se personara a la sucursal tenedora de la cuenta.

La firma del acuerdo contó con la presencia de varios funcionarios de la Rama Judicial que participaron en el desarrollo del nuevo Protocolo.
La firma del acuerdo contó con la presencia de varios funcionarios de la Rama Judicial que participaron en el desarrollo del nuevo Protocolo.

A partir de ahora el trámite inicial del embargo con la Institución Bancaria se hará a través de la Oficina del Alguacil Regional de la Región Judicial de San Juan. La institución bancaria, por su parte, designará un representante autorizado para recibir los documentos de los embargos.

Como resultado del diligenciamiento de la orden de embargo la institución bancaria expedirá un recibo mediante un formulario diseñado para ese propósito por la OAT. Una vez finalice su evaluación de los documentos de embargo, si concluye que no hay impedimentos para el desembolso de los fondos, remitirá el cheque directamente a la sucursal u oficina de la institución bancaria ubicada en la Región Judicial Región donde fuera emitido el embargo.

En el caso de que la institución bancaria no cuente con presencia física en alguna de las sedes de las regiones judiciales designará una sucursal u oficina en alguno de los pueblos que la componen. De no haber sucursal u oficina en una región designará una entre los pueblos de la región más cercana.

«Este trámite agiliza y uniforma el procedimiento de embargo de cuentas ya que lo centraliza y garantiza la efectividad del mismo. Además, facilita la gestión de los y las alguaciles ya que al momento de diligenciar el embargo en su región judicial cuentan con una garantía provista desde la oficina central del banco en cuestión», aseguró Vélez Colón.

Este protocolo aplicará a las instituciones bancarias miembros de la Asociación de Bancos de Puerto Rico. Estas son: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Popular de Puerto Rico, Banco Santander de Puerto Rico, Citibank Puerto Rico, First bank, Doral Bank, Oriental Bank y Scotiabank. En el caso de las demás instituciones financieras y cooperativas, aplicará el procedimiento vigente establecido por la Rama Judicial para los embargos.

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