» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Sus datos han sido cambiados con éxito
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Texto, textotexto de texto textotexto. de Texto, textotexto texto de textotexto
Noticias, Alertas, Eventos, App y Redes Sociales
Descuentos en cursos y un equipo de expertos a tu alcance en horario extendido
Leyes, LPRA, Reglamentos, Órdenes, Opiniones y más
Tribunal Supremo y Tribunal de Apelaciones
UPR, Inter, Católica, Colegio de Abogados y más
Supremo, Circuito, Distrito, Quiebras, USC y CFR
Seguimiento al trámite legislativo, informes
( Por usuario/mes )
No requiere contrato, puedes cancelar en cualquier momento.
Para suscripciones multi-usuario llámanos al 1-787-724-3889
No requiere contrato, puedes cancelar en cualquier momento.
ACTUALIDAD
SERVICIO
Noticias, Eventos, Alertas, Apps y Redes Sociales. Descuentos en cursos y un equipo de expertos a tu alcance.
ACTUALIDAD
SERVICIO
LEYES Y REGLAMENTOS
DECISIONES
El Plan Social + Leyes, LPRA, Reglamentos, Ordenes, Opiniones y Decisiones del Tribunal Supremo y del Tribunal de Apelaciones
ACTUALIDAD
SERVICIO
LEYES Y REGLAMENTOS
DECISIONES
REVISTAS
FEDERAL
El Plan Esencial + Revistas Y Federal (Supremo, Circuito, Distrito, Quiebras, USC y CFR)
ACTUALIDAD
SERVICIO
LEYES Y REGLAMENTOS
DECISIONES
REVISTAS
FEDERAL
PROYECTOS DE lEY
El Plan Superior + Proyectos de Ley, seguimiento legislativo e informes
Nuestra misión es organizar la información legal de tu jurisdicción, para hacerla útil y accesible a través de un sistema de actualidad, investigación y educación.
Contamos con un sistema de información diseñado para maximizar la eficiencia y competitividad de cualquier persona que quiera estar bien informada.
Nos enfocamos en ofrecer el mejor servicio al cliente, con la más amplia cobertura de noticias e información oficial para mantenerse al día y optimizar tu práctica. Nuestro interfaz web está diseñado para ser navegado fácil e intuitivamente y cuenta con herramientas y recursos que te ayudan a ser más productivo.
Nuestro contenido está enfocado en legislación, jurisprudencia, doctrina, noticias, eventos y cursos. Mantenemos un rol activo en la industria, asociaciones profesionales y universidades.
service@microjuris.com +1-787-724-3889 pr.microjuris.com
infove@corp.microjuris.com +1-58-0212-793-1042 ve.microjuris.com
socios.cl@microjuris.com +1-56-224268400 cl.microjuris.com
socios.ar@microjuris.com +1-54 11-5031-9300 ar.microjuris.com
El documento solicitado no está disponible en estos momentos. Por favor inténtelo nuevamente más tarde. Si lo desea puede obtener AYUDA EN VIVO de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 11:00 a.m. a 3:00 p.m. haciendo click aquí.
NOTICIAS | causales de divorcio , divorcio , Notarial , NOTICIAS , ODIN , Oficina de Inspección de Notarías
La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) publicó su Instrucción General #36 para los notarios sobre la autorización de un instrumento público en un proceso de Divorcio por la Causal de Ruptura Irreparable, conforme a lo dispuesto en la Ley Núm. 155 de 9 de agosto de 2016 (Ley Núm. 155-2016), que enmienda los Artículos 96, 97 y 1232 del Código Civil de Puerto Rico, 31 LPRA secs. 321, 331 y 3453, respectivamente.
La instrucción dispone sobre el contenido que tendrá el instrumento público, así como las provisiones que los notarios deben consignar.
La Instrucción General a Notarios y Notarias #36 puede accederse aquí (PDF)
Es importante mencionar que las partes comparecientes han de certificar que —si se casaron bajo el régimen económico de sociedad legal de gananciales— no existen bienes gananciales sujetos a división ni deudas gananciales. En la alternativa, que se casaron bajo el régimen económico de total y absoluta separación de bienes y que no existen bienes sujetos a partición y adjudicación alguna ni deudas en común. Copia certificada del instrumento público que establezca este último régimen será anejada como documento complementario de la matriz de la escritura pública autorizada.
El documento también instruye a los notarios sobre su responsabilidad de presentar ante el Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según sea reglamentado por dicha dependencia, una copia certificada del instrumento público autorizado. La presentación de la copia certificada se hará luego de transcurridos los primeros diez (10) días de autorizar la misma.