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Orientación obligatoria a convictos de carreras clandestinas

23 de mayo de 2012
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Orientación obligatoria a convictos de carreras clandestinasEl Departamento de Justicia favoreció ayer un proyecto que propone establecer un Programa de Orientación Compulsoria en el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), para todo convicto de participar en carreras clandestinas o regateos en las carreteras del país en violación a la «Ley de Vehículos y Tránsito».

Igualmente, respaldó en vistas públicas de la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes, presidida por el representante Jorge Ramos Peña, la comparecencia compulsoria a dicho Programa de todo padre o madre con Patria Potestad de aquellos menores de dieciocho (18) años, encontrados incurso en una falta por violar esta Ley.

A esos efectos, el abogado de Justicia, Amid Torres, señaló que la medida no establece una pena por el incumplimiento de la misma.

«Siendo así, recomendamos que se sancione la violación a dicha disposición como una falta administrativa sujeta a una pena de multa», dijo el licenciado.

No obstante, expresó sus reservas en lo relativo a que el Tribunal de Menores ordenará dicha comparecencia del padre o madre al mencionado programa so pena de desacato criminal.

«Es por ello que recomendamos que el desacato criminal sea sustituido por un desacato civil. Este último, a nuestro entender, representa el remedio más adecuado a imponerse a una persona que no es parte en el pleito pero que tiene conocimiento y es objeto de una orden del Tribunal que incumple», opinó el funcionario.

Torres sostuvo, además, que debe tomarse en cuenta que el desacato criminal, que constituye un delito sujeto a una pena de multa o cárcel, o ambas penas a discreción del Tribunal, resulta en un mecanismo demasiado coercitivo para una persona que no es parte de la acción judicial.

Finalmente, recomendó que la medida disponga que esto no aplique en zonas de rodaje para el tránsito en una sola dirección.

La Policía de Puerto Rico, también apoyó la legislación al mantener que la misma incide directa y favorablemente los cánones de seguridad en las carreteras que defiende la Agencia.

Incluso la abogada de la Policía, Estrella Mar Vega, hizo referencia a un estudio realizado por la universidad de John Hopkins, que refleja que el riesgo de accidentes de tránsito de un joven entre las edades de 16 y 17 años, aumenta con la presencia de otros jóvenes de estas edades.

Según la funcionaria, «se debe a que los jóvenes suelen ser las víctimas de accidentes de tráfico con mayor particularidad, al practicar el regateo».

Asimismo, señaló que a pesar de que la Ley de Tránsito dispone sanciones por esta práctica ilegal de $3,000 y la suspensión de la licencia por seis meses por la primera infracción, de $3,000 a $5,000 en multas o pena de reclusión por no más de seis meses o ambas, «es entendible que el aspecto punitivo de la misma, no excluye el hecho que se añada unas exigencias paliativas, como la orientación compulsoria por parte del personal asignado por el DTOP».

De hecho, la licenciada Alexandra Tavares del DTOP, coincidió con los planteamientos al mismo tiempo que recomendó que debe incluirse en el lenguaje que sea el Tribunal de Menores el que ordene la comparecencia de los padres al Programa so pena de desacato.

También, que sea el Secretario del DTOP el facultado para establecer los cursos por medios presenciales, electrónicos o cualquier otro método para el cumplimiento con el programa y que el 50% de los fondos recaudados por las multas impuestas ingresen al Fondo Especial de la Directoria de Servicios al Conductor (DISCO).

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