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El Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Carlos Saavedra Gutiérrez, informó a los patronos que pueden comenzar a realizar los pagos del bono de Navidad desde el 15 de noviembre, y que el periodo para solicitar la exención vence el viernes, 30 de noviembre, a tenor con la Ley 148 de 1969.
Descarga y lee:
- Ley del bono de Navidad (29 L.P.R.A. §501)
- Reglamento para Administrar la Ley Núm. 148 del 30 de junio de 1969, Ley del Bono de Navidad en la Empresa Privada (Reglamento 9003)
«Por segundo año consecutivo, a raíz de los cambios en la reforma laboral, los trabajadores pueden comenzar a recibir su pago del bono de Navidad desde el 15 de noviembre sin que el patrono tenga que mediar acuerdo previo con los empleados como era requisito anteriormente. Por otro lado, queremos recordar a los patronos lo importante que es cumplir con el tiempo requerido para solicitar la exención. De esta manera, los casos pueden ser evaluados de manera justa para las partes involucradas", expresó el Secretario.
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El periodo para el pago del bono de Navidad se extiende hasta el 15 de diciembre. El titular del Trabajo enfatizó en que gracias a los cambios de la Ley 4 de 2017, mejor conocida como la reforma laboral, se eliminó el proceso burocrático que no permitía que el pago se efectuara antes del 1 de diciembre, excepto en aquellos casos en que el patrono y sus trabajadores acordaran hacerlo en otra fecha.
Las causas para la exención podrían ser haber sufrido pérdidas económicas o no haber generado ganancias suficientes durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018.
Para acogerse a la exención, cada patrono deberá presentar el estado de situación y el estado de ganancias y pérdidas compilado, revisado o auditado, firmado y sellado en original por un contador público autorizado (CPA) licenciado.
El patrono que no cumpla con los requisitos para solicitar la exención tendrá que pagar la totalidad del bono a sus empleados. Saavedra Gutiérrez recordó, además, que la reforma laboral también permite acreditar al bono de Navidad otras compensaciones adicionales que haya recibido el empleado, siempre y cuando la compensación voluntaria haya ocurrido antes del 1 de octubre de 2017.
El aviso público sobre la exención se puede acceder a través del portal http://www.trabajo.pr.gov. Para más información sobre la ley y su reglamento, así como la solicitud de exención, los patronos pueden llamar al (787) 754-2100, extensiones 2451 y 2452. También pueden visitar las oficinas del Negociado de Normas del Trabajo de su región.
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