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Pedro Rosselló comparecerá ante organismo internacional denunciando violación de derechos humanos en relación a estatus de Puerto Rico

27 de septiembre de 2018
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrará el 5 de octubre una audiencia en la que el ex gobernador de Puerto Rico, Pedro Rosselló González, denunciará la violación de derechos humanos y civiles que supone la falta de representación de los residentes de Puerto Rico en el gobierno federal.

En la audiencia, que forma parte del período de sesiones 169, la CIDH también escuchará los argumentos del abogado Gregorio Igartúa de la Rosa, que aunque sobre el mismo tema, presentó una querella independiente a Rosselló González.

Lee el informe de admisión de la querella presentada por Pedro Rosselló.

Lee el informe de admisión de la querella presentada por Gregorio Igartúa de la Rosa

La solicitud de audiencia fue presentada por Rosselló González el pasado mes de marzo, y contó con el apoyo a través de carta de la comisionada residente Jenniffer González, así como de los delegados de las Islas Vírgenes, Stacey Plaskett, Guam, Madeleine Bordallo y el delegado de las Islas Marianas del Norte, Gregorio Kilili Camacho Sablan.

Entre las denuncias esbozadas en la solicitud de Rosselló González surgen que:

  1. A los ciudadanos estadounidenses que residen en Puerto Rico se les niega el derecho a votar y a elegir al Presidente, el Vicepresidente y los miembros con derecho de voto del Congreso de Estados Unidos por la razón discriminatoria de que residen en un territorio de Estados Unidos y no en un estado. Señalan que Puerto Rico ha sido territorio de Estados Unidos desde 1898 y sus residentes son reconocidos como ciudadanos estadounidenses desde 1917. Sin embargo, en lo que respecta a las elecciones federales, se les permite solamente enviar un delegado sin voto (conocido como «Comisionado Residente») al Congreso de Estados Unidos.
  2. Los puertorriqueños pueden votar en elecciones primarias pero no en elecciones presidenciales. Solamente los estados y el Distrito de Columbia, no los territorios, tienen electores en el colegio electoral nacional.
  3. Las leyes federales de Estados Unidos se aplican a Puerto Rico sin el consentimiento de sus residentes, a pesar de que estos pagan impuestos al fisco estadounidense y están obligados a servir en las fuerzas armadas del país cuando es obligatorio en el territorio continental. Recalcan que los habitantes de Puerto Rico tienen los mismos deberes y obligaciones que los ciudadanos estadounidenses que residen en los 50 estados. No obstante, no se les permite tener una verdadera participación política en el Senado o en la Cámara de Representantes y son objeto de discriminación constante en lo que respecta a los programas federales.
  4. Los peticionarios afirman que la Constitución de Estados Unidos no dispone el debido proceso legal para la protección de sus derechos y que todos los intentos de obtener reparación por la vía judicial han sido inútiles. Mencionan las decisiones de tribunales estadounidenses en el caso Igartúa de la Rosa c. Estados Unidos, en el cual el demandante solicitó la protección judicial del derecho de los puertorriqueños a votar en las elecciones presidenciales y vicepresidenciales. Agregan que tales decisiones, que quedaron reafirmadas efectivamente el 20 de marzo de 2006 con la denegación por la Corte Suprema de Estados Unidos de un auto de avocación, se aplican asimismo a su reclamo de tener representación con voto en el Congreso.
  5. Estados Unidos ha hecho caso omiso de los estándares establecidas por la CIDH en el caso DC Statehood, en el que sostiene que «Estados Unidos no puede privar a sus ciudadanos de su derecho a la representación electoral en el Congreso debido a su lugar de residencia». Los peticionarios citan a la CIDH, Informe No. 98/03. Caso 11.204. Statehood Solidarity Committee. Estados Unidos, 29 de diciembre de 2003.

Por su parte, el abogado Igartúa de la Rosa, quien tiene amplia experiencia en los tribunales en materia de estatus político de la Isla, había solicitado por su parte una audiencia para denunciar que la exclusión de Puerto Rico del colegio electoral estadounidense constituye una violación de la Carta Interamericana de Derechos Humanos.

En el caso del ex gobernador Rosselló González, este había presentado hace 12 años una querella sobre este tema junto al Comité del Asunto Inconcluso de la Democracia Americana el 17 de octubre de 2006. Este compareció en representación de los 3.5 millones de ciudadanos estadounidenses residentes en Puerto Rico, «a los que Estados Unidos priva de una representación plena, al prohibirles el ejercicio del derecho al voto por el presidente estadounidense y por los representantes de la Cámara y Senado federal».

En su informe de admisión a la querella presentada por Rosselló González, la Comisión informó que «[e]n vista de las observaciones de ambas partes, la Comisión considera que los hechos alegados, de ser probados, podrían llegar a caracterizar violaciones de los derechos enunciados en los artículos II (derecho de igualdad ante la Ley) y XX (derecho de sufragio y de participación en el gobierno) de la Declaración Americana. La CIDH considerará asimismo, en la etapa del fondo, si la situación presentada podría constituir una violación del artículo XVII (derecho de reconocimiento de la personalidad jurídica y de los derechos civiles) de la Declaración Americana».

La vista pública tendrá lugar en el edificio Wolf de la Escuela de Derecho de la Universidad de Colorado, según la carta enviada al Lcdo. Igartúa de la Rosa y al abogado del exgobernador Rosselló González, Lcdo. Orlando Vidal.

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