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Pendiente de aprobación nueva reglamentación para terapeutas atléticos

07 de agosto de 2023
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Durante el cierre de la pasada sesión ordinaria, la Legislatura aprobó el Proyecto del Senado 264, con el fin de crear la Ley para reglamentar la práctica en terapéutica atlética y regular la profesión del terapeuta atlético, así como también crear la Junta Examinadora de Terapéutica Atlética adscrita a la Junta Examinadora de Terapia Física.

El proyecto de ley establece la composición, funciones, deberes y facultades, así como los requisitos de licencia y educación continua para la práctica de la profesión del terapeuta atlético.

El terapeuta atlético se define como el profesional de la salud especializado en la prevención, evaluación y manejo y rehabilitación de lesiones atléticas en el ámbito deportivo o recreativo.

Son reconocidos como los profesionales que primero intervienen con el atleta (sea profesional o aficionado) en el lugar donde ocurre el accidente deportivo, para que -una vez sea estabilizado el lesionado- pueda posteriormente obtener una evaluación y tratamiento médico.

Accede al proyecto aquí

La legislación propone crear la Junta Examinadora de Terapéutica Atlética, adscrita a la Junta Examinadora de Terapia Física, y a su vez, establecer su composición, funciones, deberes y facultades.

De igual forma se establecen los requisitos de licencia y educación continua para la práctica de la profesión del terapeuta atlético con el objetivo de garantizar a los ciudadanos una mayor calidad de los servicios.

A los fines de cualificar para tomar el examen de reválida la persona deberá haber completado un Bachillerato, Maestría o un Doctorado en Terapéutica Atlética en una universidad debidamente acreditada por el Consejo de Educación de Puerto Rico, Middle States Commission on Higher Education. O en su efecto defecto, haber aprobado un bachillerato en áreas relacionadas que comprenda las siguientes áreas de estudios: lesiones atléticas, patofisiología, primeros auxilios en el deporte, nutrición deportiva, psicología deportiva, intervenciones terapéuticas y prácticas clínicas supervisadas por Terapeuta Atlético que hayan cumplido con un mínimo de quinientas (500) horas en un término no menor de dos (2) años y no mayor de cuatro (4) años

La pieza legislativa fue presentada por el presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago y cuenta también con la coautoría de las senadoras Marissa Jiménez Santoni, Nitza Morán Trinidad y Wanda Soto Tolentino, así como del senador Ramón Ruiz Nieves. El proyecto de ley ya fur firmado por los presidentes legislativos y está pendiente de ser enviado a La Fortaleza para la consideración del gobernador Pedro Pierluisi.

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