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Pendiente de aprobación una nueva ley para atender a los cuidados informales

21 de julio de 2023
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La Legislatura dio paso a la aprobación de una nueva Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que pasa ahora a la consideración del gobernador Pedro Pierluisi para su firma o veto.

El Proyecto de la Cámara 1108, de la autoría del representante José B. Márquez y de las representantes Mariana Nogales y Lisie J. Burgos, declara la política respecto al cuidado informal; establece la Carta de Derechos del Cuidador Informal y crea el Registro de Cuidadores Informales en Puerto Rico.

Además, propone enmiendas de ley para  permitir que los cuidadores informales certificados puedan solicitar un cambio de itinerario de trabajo en sus empleos sin laborar regularmente para el patrono 30 horas semanales y sin haber cumplido el término de un año en el empleo, según requiere la ley actualmente.

La medida define el cuidado informal como la actividad o práctica no profesional y no remunerada realizada por integrantes de la familia, amigos, o cualquier relación significativa, que consiste en asistir y apoyar a personas con actividades esenciales del diario vivir.

Descarga el proyecto de ley

Se afirma que el propósito de esta ley es el establecimiento de una política pública que reconozca y defina el cuidado informal y el rol del cuidador informal para las políticas, programas y actividades gubernamentales relacionadas con aspectos sociales, económicos, entre otros.

Esta ley también declara los derechos del cuidador informal y establece responsabilidad al Departamento de Familia en identificar las necesidades de estas personas para coordinar servicios directos o de referidos dirigidos a atenderles en el ejercicio de su rol en el cuidado informal.

Además, establece que el Departamento de la Familia promulgará un reglamento que definirá las normas y procedimientos en atención a todos los asuntos relacionados con la debida implementación de esta ley.

El Departamento de la Familia también será la agencia responsable de identificar, coordinar o referir a los cuidadores informales a participar de oportunidades de respiro, en conjunto con programas afines existentes en el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de Personas de Edad Avanzada, la Defensoría de Personas con Impedimentos y los municipios, según el caso.

De igual forma, la agencia podrá identificar, coordinar o referir a los cuidadores informales a participar de oportunidades de respiro en organizaciones privadas con o sin fines de lucro.

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