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Personas absueltas deberán ser puestas en libertad inmediatamente

06 de octubre de 2021
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El gobernador de Puerto Rico Pedro Pierluisi firmó la Ley 61-2021, que enmienda la Regla 164 de Procedimiento Criminal para establecer el procedimiento cuando el Tribunal pronuncie un fallo o veredicto absolutorio.

La Ley establece que el Tribunal notificará al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) sobre el fallo o veredicto absolutorio el mismo día en que fue pronunciado.

Luego, la persona superintendente de la institución penal validará de inmediato el Auto de Excarcelación. Ningún otro trámite ante el DCR u otra agencia podrá retrasar la puesta en libertad de la persona acusada.

La exposición de motivos de la propuesta legislativa expresa que el texto constitucional y las Reglas de Procedimiento Criminal son claras en cuanto a que la persona acusada que recibió un fallo absolutorio debe ser puesta en libertad inmediatamente.

Según el texto, la práctica hasta ahora en el DRC ha sido que la persona permanece bajo la custodia del Estado en espera de ciertos trámites administrativos adicionales, más allá del proceso de validación del superintendente de la institución penal.

El proyecto de ley fue presentado en la Cámara de Representantes por los legisladores Ramón Cruz Burgos, Orlando Aponte Rosario y Héctor Ferrer Santiago.

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