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Personas embarazadas: ¿cuáles son tus derechos laborales?

01 de febrero de 2021
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La licenciada Vivian Santiago Trinidad explicó a Microjuris.com cuáles son los derechos laborales que tienen disponibles las personas embarazadas que residen en Puerto Rico.

1. Derecho a mantener su empleo

La licenciada Santiago Trinidad explicó que la Ley de Madres Obreras protege de un despido a las personas embarazadas que estén trabajando.

La abogada explicó que, independientemente de la clasificación de empleo (a tiempo completo, parcial o temporero), la ley dispone que un menor rendimiento de la persona embarazada no se considerará justa causa para un despido.

2. Ocho semanas de licencia tras el parto

La licenciada Santiago Trinidad destacó que las personas embarazadas que están empleadas tienen derecho a ocho licencia de maternidad, una vez dan a luz.

«Muchas veces las empleadas quieren quedarse hasta el último momento. La ley permite que se pueda quedar la madre obrera hasta una semana antes de la fecha de parto, siempre y cuando haya una certificación médica para ello», explicó.

3. Ocho semanas tras la adopción de menores de cinco años

Las mujeres que adopten un niño o niña menor de cinco años —que no estén matriculados en una institución escolar— también tienen ocho semanas de licencia por maternidad.

4. Cinco semanas tras la adopción de mayores de cinco años

La Ley 95 de 2020, que fue una enmienda que se integró a la Ley de Madres Obreras el año pasado, dispone que las madres adoptantes de niños y niñas mayores de cinco años tendrán derecho por hasta cinco semanas de licencia.

«La única crítica constructivamente que yo tengo hacia esta ley es que no incluye a los padres. Entendemos el momento del parto, ciertamente por un punto de naturaleza, pero al incluir a la madre adoptante, nos deja pensando: ¿por qué no incluir al padre?», sostuvo la licenciada Santiago Trinidad.

5. Licencia tras un aborto

Las personas que aborten podrían tener acceso a las ocho semanas de licencia.

«Conforme a la ley y la reglamentación de esta ley número 3, establece que si fisiológicamente es parecido (el aborto) al alumbramiento, tiene también la protección de la ley hasta un máximo de las ocho semanas. Esto a base de una determinación del medico», explicó la abogada.

6. Reserva de empleo

La persona que estuvo embarazada tiene derecho a reservar su empleo, una vez se reincorpora al trabajo.

7. Doce meses de lactancia

Una vez la persona se reincorpora a trabajar, tendrá una licencia de lactancia hasta por 12 meses.

El tiempo que tenga una persona lactante para extraerse la leche dependerá de la cantidad de horas de trabajo que tenga la persona.

La persona que trabaja a tiempo completo o full-time tendrá una hora disponible.

Una vez se llegue al acuerdo sobre el horario en que se extraerá la leche, así se debe mantener, a menos que acuerde otra cosa junto al patrono.

Si la persona trabaja a tiempo parcial y sobrepasa las cuatro horas, tendrá media hora para la extracción de leche.

El lugar de extracción tiene que ser un lugar privado, limpio, con toma de electricidad, explicó la abogada a Microjuris.com.

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