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El último día de aprobación de medidas de la recién concluida primera Sesión Ordinaria, la Cámara de Representantes aprobó sin enmiendas el Proyecto del Senado 68, que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico para asegurar que no se penalice a las personas que solicitan citas presenciales en un CESCO para la renovación de la licencia de conducir dentro del término de 30 días desde el vencimiento, y que no hayan podido lograr la renovación dentro de ese término por causa de los atrasos en el sistema de citas.
La medida pasará a La Fortaleza en donde podrá ser vetada o convertida en ley.
Esta propuesta legislativa de la autoría del expresidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, había sido aprobada también de forma unánime en el Senado de Puerto Rico, y cuenta con la coautoría de los senadores Gregorio Matías Rosario, Elizabeth Rosa Vélez, y Keren Riquelme Cabrera.
En la actualidad, la persona que renueva su licencia de conducir luego de 30 días de haberse vencido su vigencia, tiene que pagar un cargo de $35.
La persona que hace la renovación de su licencia dentro del término de los de 30 días de haberse vencido su vigencia paga un cargo de $11.00.
La pandemia por COVID-19 trajo consigo el cierre y la paralización de muchos servicios públicos. Entre estos, los ofrecidos por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP).
La enmienda de ley dispone que si una persona solicita su cita oportunamente dentro del periodo de 30 días, pagaría el cargo de $11, en lugar de los $35 que se pagan por renovación luego de los 30 días de vencimiento de la licencia.
El proyecto de ley también establece que el DTOP deberá proveer un mecanismo apropiado de reembolso para aquellas personas que desde el 1 julio de 2020 pagaron cargos por concepto de renovación tardía de la licencia, a pesar de haber solicitado la cita dentro del término de 30 días a partir de la fecha de vencimiento.
En julio de 2020, en medio de la emergencia causada por el COVID-19, se anunció la reapertura de los servicios en los CESCOs, estableciendo que ninguna persona sería atendida sin cita previa.
Se extendieron la vigencia de las licencias y marbetes para así poder atender la gran cantidad de solicitudes recibidas.
Sin embargo, el proyecto reconoce que las citas se han extendido a varios meses desde su solicitud, debido en parte a que varios CESCOs han tenido que cerrar operaciones, trayendo como consecuencia que las personas tengan que pagar $35 por renovar la licencia de conducir, luego del término de 30 días después del vencimiento de su vigencia.
Para el autor de la medida, el atraso en el otorgamiento de la cita no puede ser atribuible a la persona que oportunamente solicitó la cita para realizar el trámite de manera presencial, por lo que considera meritorio y necesario enmendar esta ley para que no sean penalizadas las personas que soliciten mediante el portal cibernético la cita para la renovación de su licencia de conducir dentro del término de 30 días desde el vencimiento de la vigencia de la licencia.
La Ley 143 de 2020 extendió a ocho años el término para la renovación de la licencia de conducir y la tarjeta de identificación.
La Ley 141 de 2020 autorizó la expedición y uso de las llamadas licencias de conducir virtuales.
Desde el año 2019, está disponible en el sistema para programar citas en todos los CESCOs alrededor de Puerto Rico, con el fin de realizar trámites de licencias de conducir.
Mediante este sistema, las personas pueden seleccionar el día, la hora y la localidad del CESCO en que serán atendidos para realizar sus trámites y evitar así largas filas.