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Ponte al Día en la Carretera: Concede 90 días para el pago con descuento de las multas adeudadas

03 de agosto de 2013
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MultasACTUALIZACIÓN: Hasta el viernes amnistía para pago de multas DTOP (17 de marzo de 2014)

Descarga el documento aquí:

Crea la Ley Ponte al Día en la Carretera. Concede un término de 90 días para el pago en su totalidad del monto adeudado de multas de tránsito, intereses, penalidades y recargos con un descuento de 35%.

En búsqueda de un balance entre la precaria situación que vive nuestro país durante esta recesión económica, y los derechos de todo aquel que recibe un daño y su derecho a que el mismo sea resarcido, es imperativo crear un mecanismo que ante la Ley y la Justicia, impere la equidad. Todo aquel individuo que no puede renovar su licencia de conducir y/o marbete por multas de tránsito adeudadas, no está cubierto por el Seguro de Responsabilidad Obligatorio, ni por La Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA). Esto deja desprovisto tanto al que causa el accidente como al accidentado. En busca de ese balance, es que nace el espíritu de esta Ley «Ponte al Día en la Carretera».

La Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", establece las disposiciones sobre tránsito y velocidad que incluyen las guías para la asignación de las multas correspondientes a las distintas infracciones que provee este estatuto. Estas infracciones incluyen tanto multas que gravan la licencia de conducir del operador de un vehículo de motor, por ser incurridas al operar la unidad vehicular como multas que se registran contra el permiso o título del vehículo, como por ejemplo los boletos por estacionamiento ilegal, entre otras medidas establecidas en la Ley. El recaudo producto del pago de las multas son una fuente de ingresos para el Fondo General del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que permite que se pueda llevar a cabo obra pública.

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