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Durante la tarde de ayer, el juez del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla, Abid Quiñones Portalatín, falló a favor de la Junta de Planificación (JP) y dictó sentencia declarando nulo el Permiso de Construcción que había dado paso a la construcción de las instalaciones recreativas del Condominio Sol y Playa, localizado en Rincón. También, ordenó la paralización de las obras y la demolición de lo ya construido.
La Junta de Planificación sometió la demanda el 25 de agosto,
La construcción incluía una nueva piscina, jacuzzi, baños, gazebos y aceras. Sin embargo, de acuerdo a la prueba presentada, se demostró que el 2% del terreno era protegido por su valor natural. Mientras, el 12% de la propiedad estaba en zona costanera de alto peligro a inundación por marejadas ciclónicas.
Para poder contextualizar la controversial debemos comenzar por explicar que el permiso de construcción en cuestión era nulo debido a que no había sido otorgado conforme a las leyes y los reglamentos aplicables.
El presidente designado de la Junta de Planificación, planificador, Julio Lassús Ruiz explicó que el dictamen del Tribunal incluyó un análisis de todos los documentos que obraban en los expedientes administrativos de la JP y de la OGPe.
Se determinó, además, que incumplieron con las disposiciones del Reglamento Conjunto de 2019. La Oficina de Gerencia de OGPe aprobó el permiso a pesar de que no incluyeron unos documentos requeridos.
El Tribunal discutió varias de las deficiencias encontradas en el proceso de otorgación del Permiso de Construcción. Entre las que se encuentra:
La sentencia también ordenó la paralización y la demolición, en un término de 120 días, de las obras cubiertas bajo el Permiso de Construcción Núm. 2020-344034-PCOC-010-841.
A su vez, ordenó a la Secretaría del Tribunal a elevar el expediente administrativo para evaluar la conducta profesional del ingeniero Enrique Santiago Arroyo al este emitir una Certificación de Exclusión Categoría en contravención a la reglamentación aplicable.
El presidente de la JP aclaró que "lo resuelto por el Tribunal en este caso no significa que no se puedan realizar construcciones en los terrenos objeto del permiso de construcción revocado, sino que toda construcción en dicha zona debe cumplir a cabalidad con los reglamentos y las leyes aplicables, incluyendo todos los trámites y procesos ambientales.