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¿Por qué el permiso de construcción del Condominio Sol y Playa fue declarado nulo?

15 de febrero de 2022
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Durante la tarde de ayer, el juez del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla, Abid Quiñones Portalatín, falló a favor de la Junta de Planificación (JP) y dictó sentencia declarando nulo el Permiso de Construcción que había dado paso a la construcción de las instalaciones recreativas del Condominio Sol y Playa, localizado en Rincón. También, ordenó la paralización de las obras y la demolición de lo ya construido.

Lee aquí la Sentencia

La Junta de Planificación sometió la demanda el 25 de agosto,

¿Qué incluía el proyecto de construcción?

La construcción incluía una nueva piscina, jacuzzi, baños, gazebos y aceras. Sin embargo, de acuerdo a la prueba presentada, se demostró que el 2% del terreno era protegido por su valor natural. Mientras,  el 12% de la propiedad estaba en zona costanera de alto peligro a inundación por marejadas ciclónicas.

Para poder contextualizar la controversial debemos comenzar por explicar que el permiso de construcción en cuestión era nulo debido a que no había sido otorgado conforme a las leyes y los reglamentos aplicables.

El presidente designado de la Junta de Planificación, planificador, Julio Lassús Ruiz explicó que el dictamen del Tribunal incluyó un análisis de todos los documentos que obraban en los expedientes administrativos de la JP y de la OGPe.

Se determinó, además, que incumplieron con las disposiciones del Reglamento Conjunto de 2019.  La Oficina de Gerencia de OGPe aprobó el permiso a pesar de que no incluyeron unos documentos requeridos.

¿Qué discutió el Tribunal?

El Tribunal discutió varias de las deficiencias encontradas en el proceso de otorgación del Permiso de Construcción. Entre las que se encuentra:

  1. Las obras cubiertas por el permiso no podían ser aprobadas mediante una Declaración de Cumplimiento Ambiental por Exclusión Categórica debido a las características de la zona.
  2. OGPe aprobó el proyecto sin el endoso del Departamento De Recursos Naturales y Ambientales (DRNA).
  3. Aún si el permiso de construcción hubiese cumplido con todas las leyes y reglamentos aplicables, el hecho de que el permiso fuese emitido a nombre de Sol y Playa Corp. acarrea la nulidad del permiso, puesto que esta es una corporación extinta desde el 2014.
  4. Este hecho implica que dicha corporación carecía de capacidad jurídica para solicitar la aprobación de las construcciones.

¿Qué ordena la sentencia?

La sentencia también ordenó la paralización y la demolición, en un término de 120 días, de las obras cubiertas bajo el Permiso de Construcción Núm. 2020-344034-PCOC-010-841.

A su vez, ordenó a la Secretaría del Tribunal a elevar el expediente administrativo para evaluar la conducta profesional del ingeniero Enrique Santiago Arroyo al este emitir una Certificación de Exclusión Categoría en contravención a la reglamentación aplicable.

El presidente de la JP aclaró que  "lo resuelto por el Tribunal en este caso no significa que no se puedan realizar  construcciones en los terrenos objeto del permiso de construcción revocado, sino que toda construcción en dicha zona debe cumplir a cabalidad con  los reglamentos y las leyes  aplicables, incluyendo todos los trámites y procesos ambientales.

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