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¿Por qué eliminaron uno de los cargos contra Rafael Pina Nieves?

01 de febrero de 2023
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El juez presidente del Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito en Boston, David J. Barron, revocó la condena contra Rafael Pina-Nieves por posesión ilegal de una ametralladora, a la vez que confirmó la condena de Pina-Nieves por posesión de armas de fuego y municiones.

¿Por qué? Según el Primer Circuito, el Ministerio Público no pudo probar más allá de toda duda razonable que Pina-Nieves sabía que poseía una ametralladora entre el 1 de abril de 2020 o alrededor de esa fecha, y que no se probó más allá de duda razonable que tenía conocimiento de que el arma de fuego tenía las características que la incluían en la definición legal de ametralladora.

Lee la determinación judicial aquí.

Trasfondo

Pina-Nieves fue sentenciado a 41 meses de prisión en mayo de 2022, tras un breve juicio en el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico.

Tras la determinación del tribunal de distrito, Pina-Nieves fue al Primer Circuito y alegó por separado que tanto su condena por posesión ilegal de armas de fuego y municipios, como la condena por posesión ilegal de una ametralladora  debían ser anuladas debido a errores en el juicio.

Pina-Nieves señaló que su condena por posesión ilegal de una ametralladora (que fue anulada) debía ser revocada porque no estuvo apoyada por pruebas suficientes.

Para condenar a Pina-Nieves por este cargo, el gobierno debía probar más allá de toda duda razonable que:

  1. poseía a sabiendas una ametralladora el 1 de abril de 2020 o alrededor de esa fecha; y
  2. tenía conocimiento de que el arma de fuego tenía las características que la incluían en la definición legal de ametralladora según § 922(o) (aunque no que supiera que esas características convertían el arma en una ametralladora)

Pina-Nieves sostuvo que el expediente demuestra que las pruebas no eran suficientes porque el Gobierno no presentó ninguna prueba directa o circunstancial que pudiera sustentar una inferencia razonable de que Pina-Nieves había «puesto alguna vez los ojos en la [pistola Glock modificada], y mucho menos la había examinado o disparado».

Señala, por ejemplo, que el gobierno no presentó pruebas de que se encontraran sus huellas dactilares en el arma.

Añade que el expediente no contiene pruebas de que fuera él quien compró el arma, que según el expediente se compró en 2016, en Ohio.

De hecho, Pina-Nieves no discute en la apelación que las pruebas sean suficientes para demostrar que estaba en posesión constructiva de esa arma de fuego a partir de esa fecha. «Pero, hemos dejado claro que un jurado no puede inferir razonablemente por el mero hecho de que uno posea constructivamente una ametralladora que el acusado sabe lo que debe saber en virtud del § 922(o) sobre las características de esa arma», señaló el tribunal.

«En resumen, aunque el gobierno ha probado suficientemente la posesión constructiva por parte de Pina-Nieves de la pistola Glock modificada el 1 de abril de 2020 o alrededor de esa fecha, basándose en las pruebas circunstanciales que constan en el expediente, el gobierno tenía que probar más para asegurar esta condena», continúa.

«Y Pina-Nieves ha argumentado persuasivamente que el gobierno no lo hizo porque no identificó ninguna prueba en el expediente que pudiera apoyar una conclusión más allá de toda duda razonable de que él sabía, en el momento pertinente, que la pistola Glock modificada encontrada había sido modificada de esa manera», concluyó el tribunal por voz del juez Barron.

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