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Los representantes Ramón Luis Cruz Burgos y Carlos M. «Charlie» Hernández López radicaron la Resolución Conjunta de la Cámara 892 que ordena que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) archive todas las multas de AutoExpreso emitidas desde el 1 de julio de 2015 y que adjudique un crédito a las cuentas de las personas que pagaron dichas multas.
La resolución también ordena a GILA LLC —empresa que opera el sistema— el total cumplimiento de la Ley Núm. 39-2015, y el establecimiento de un plan de acción que corrija el sistema operativo electrónico para evitar que se otorguen multas en violación a la mencionada ley.
Reza la exposición de motivos:
El miércoles 18 de mayo de 2016, la Comisión de Infraestructura y Transportación de la Cámara de Representantes citó a vistas públicas a la empresa operadora del sistema de pago electrónico de peajes. Ante las preguntas de la Comisión los directivos de la empresa GILA, LLC, reconocieron tener pleno conocimiento de la Ley 39-2015 y las imposiciones y oportunidades que esa Ley le concede al ciudadano para evitar ser multado por el uso de nuestras vías públicas. Por ejemplo a preguntas del Presidente de la Comisión explicaron y reconocieron las 72 horas de gracia que un conductor tiene para recargar sus cuentas sin ser multado, no obstante, aceptaron estar trabajando para corregir el sistema y evitar las multas dentro del mencionado término.
La aceptación de no estar listos para operar el sistema a pesar de administrarlo por cerca de un año, obliga a tomar acción legislativa en protección de los ciudadanos. Sin duda, esta situación representa una violación a los artículos de la Ley 39, ante, y constituye una apropiación ilegal y confiscación de los bienes de las personas que pagaron injustamente multas que no procedían y siembra la duda sobre si las que se estén procesando actualmente han sido emitidas conforme a la Ley.