» Ir al portal nuevo de Microjuris    OK

Primer Circuito falla en contra de personas empleadas despedidas del Ritz-Carlton

08 de mayo de 2024
COMPARTIR

Nota de la editora: ¿quieres estar al día con noticias laborales? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.

Por Daniel Rivera Vargas 

El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston falló en contra de un grupo de 699 personas que alegaron que hace casi seis años fueron despedidas injustamente por el Hotel Ritz-Carlton al amparo de una ley estatal y en violación a un estatuto federal.

Según la opinión emitida por los jueces apelativos la semana pasada, las personas empleadas alegaron violación a la Ley Núm.  80 de despido injustificado de Puerto Rico y bajo la ley federal Worker Adjustment and Retraining Notification (WARN), esto luego de que la empresa cerrara operaciones tras el paso de los huracanes Irma y María, en septiembre de 2017.

El despido fue formalizado en abril de 2018.

Descarga y lee la opinión: Rivera-Pina v. Luxury Hotels International of Puerto Rico

La demanda fue entablada inicialmente en el tribunal estatal, pero la empresa hotelera solicitó que el caso fuera removido al tribunal federal.

Posteriormente, la compañía presentó una moción de sentencia sumaria, reclamando que a base de los hechos del caso la reclamación debía ser desestimada, a lo que los demandantes replicaron que había hechos en controversia.

En concreto, respecto a la Ley 80, que permite que los ciudadanos reciban una indemnización basada en años de servicio cuando son despedidos injustamente, los demandantes alegaron que no hay una justa causa probada para el despido porque no ha desfilado evidencia de los daños ocasionados por los huracanes.

Incluso afirman que el patrono «representó incorrectamente la verdadera razón del cierre del hotel porque equipos de empleados de construcción... trabajaron por meses demoliendo cuartos de hotel que no fueron dañados por los huracanes».

Sin embargo, el foro apelativo dijo que la «justa causa» en este caso es el acto del cierre del hotel, y no la terminación del empleo. «El cierre total, temporero o parcial es justa causa», indica la opinión de 20 páginas.

Mientras, la ley WARN impone que se cumplan ciertos requisitos al momento de notificar despidos masivos.

El tribunal federal tomó en consideración, entre otros factores, que el Ritz-Carlton -mientras evaluaba si reabría sus puertas- se mantuvo, luego del impacto de los huracanes, pagando de forma voluntaria nómina a esas personas empleadas por casi tres meses, con plan médico, y un pago final de $1,000, y eso redujo cualquier responsabilidad que pudieran tener.

Agregaron que la ley dispone para que se tomen en consideración esos actos voluntarios.

El tribunal apelativo también expresó que los despedidos plantearon que esos pagos no se podían tomar en consideración para reducir la responsabilidad del hotel a menos que hubiera «una conexión» con el despido de abril de 2018, pero que estos no desarrollaron un argumento sobre cuál era la conexión requerida bajo la ley WARN.

«Los empleados han fallado en proveernos con argumentos que nos permitan concluir que el tribunal de distrito erro», expresó el panel apelativo.

Powered by Microjuris.com