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Ya se avecina la fecha para rendir el Comprobante de Retención mejor conocido como la forma W-2. El patrono está obligado a hacer la retención en el origen de contribución sobre ingresos a toda persona que haya generado una remuneración por servicios prestados para su patrono.
El 31 de enero de 2014 es la fecha límite para la entrega de los Comprobantes de Retención W-2 (499R-2 / W-2PR) a empleados y someterlos electrónicamente al Departamento de Hacienda.
De interés:
- Ya disponible planilla para el año contributivo 2013
- Descargar calendario contributivo de Puerto Rico 2014 (*.PDF vía Kevane Grant Thornton)
Todo patrono que haga pagos de salarios deducirá y retendrá sobre el monto de los salarios una contribución determinada de acuerdo a las tablas de retención que aprobará el Secretario de Hacienda.
Todo patrono obligado a deducir y retener una contribución con respecto a los salarios de un empleado, suministrará a cada uno de dichos empleados con respecto a su empleo durante el año natural, en o antes del treinta y uno (31) de enero del año siguiente una declaración escrita en la que conste la siguiente información:
Existen ciertas penalidades para los patronos por:
Al recibir su formulario W-2, Copias B y C, asegúrese que la información provista sea la correcta. Revise su nombre, dirección y seguro social, y haga algún tipo de reconciliación de los montos reportados con su último talonario.
El hecho de que el patrono no haya entregado el comprobante de retención al empleado, no exime a éste de cumplir con el requisito de rendir su planilla.