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[DOCUMENTO] Proponen agravantes a delitos en declaraciones de emergencia

30 de abril de 2020
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El representante José Meléndez presentó el Proyecto de la Cámara 2477 para incluir un agravante a la pena cuando el delito es cometido contra el ejercicio del cargo público y contra los fondos públicos durante una declaración de estado de emergencia o desastre.

La medida propone enmendar el Articulo 66 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocido como el Código Penal, y le añade circunstancias agravantes a las convicciones por delitos que atenten contra la gestión pública y fondos públicos. Estos delitos, en su mayoría, los recoge el Código Penal en sus Artículos 250 al 266, y los agravantes aplicarían cuando los delitos sean cometidos durante una declaración de emergencia por parte del gobernador o presidente.

La medida hace referencia a disposiciones relacionadas que se encuentran en los Artículos 4.2, 4.3 o 5.7 de la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental y en la Sección 6.8 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico.

Además, propone enmiendas a los fines de establecer que la personas naturales o jurídicas que carguen convicciones de alguno de estos delitos, quedarán inhabilitadas permanentemente de contratar o licitar permanentemente con cualquier agencia ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico.

La medida fue radicada el 27 de abril de 2020 y referida a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representante de Puerto Rico.

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