» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en la legislatura? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.
El Senado de Puerto Rico aprobó por unanimidad legislación que propone enmiendas al Código de Seguros de Puerto Rico.
Se trata del Proyecto del Senado 1267, de la autoría del senador Ramón Ruiz Nieves y la senadora Rosamar Trujillo Plumey, que propone aumentar el monto de las multas y penalidades que el Comisionado de Seguros podrá imponer en los casos de seguros médicos pagados por el Estado, y de otros seguros médicos que operen en Puerto Rico, independientemente del lugar de sede de la compañía co-propietaria o dueña querellada.
Puedes acceder al proyecto aprobado aquí.
Afirman los autores del proyecto que dentro de la industria de los seguros en Puerto Rico, el seguro médico se ha convertido en un negocio muy lucrativo y atrayente de inversionistas cuyo objetivo principal es la ganancia, por lo que la salud se convirtió, más que en un derecho, en una industria y un negocio especulativo.
Exponen también que la concentración de mercado reduce la competencia y va en perjuicio del asegurado y dramáticamente en contra de los proveedores, quienes sucumben a contratos leoninos, generando un empobrecimiento notable de los proveedores de salud y de un encarecimiento en las primas de seguro médico.
Proponen añadir disposiciones específicas al Código de Seguros con el fin de poner dientes y garras disuasivas a quienes incurran en prácticas que afecten el bienestar de los proveedores o la salud de los pacientes.
Algunos de los cambios propuestos son:
Con esta medida se prohibiría cualquier acto de mala fe realizado con el propósito de dilatar la reivindicación de derechos de los querellados.
Se dispone que si el Tribunal de Apelaciones, en la consideración de un recurso interlocutorio o de revisión judicial, determina que dicho procedimiento fue presentado con mala fe o con el propósito de demorar o dilatar el cumplimiento de una determinación interlocutoria o Resolución del Comisionado de Seguros, el Tribunal tendrá la facultad para determinar además si hubo temeridad e imponer al recurrente el pago a favor del querellante de una suma de hasta $5 mil.
Luego de aprobada en Senado, la pieza legislativa fue referida a la Comisión de Derechos del Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros de la Cámara para su consideración.