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Proponen crédito contributivo por instalación de protectores de sobrevoltaje

23 de febrero de 2025
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Por Héctor M. Méndez Vázquez

La Cámara de Representantes tiene ante su consideración el Proyecto de la Cámara 145, presentado por el legislador Ángel Morey Noble, que propone enmendar el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico. La medida busca conceder una deducción especial a individuos y corporaciones por los gastos incurridos en la compra e instalación de protectores de sobrevoltaje en la entrada del servicio de energía eléctrica.

El proyecto expone las dificultades que enfrentan los residentes de la isla debido a la fragilidad del sistema eléctrico y las sobrecargas momentáneas. Se destaca que estas sobrecargas tienen la capacidad de dañar o quemar receptáculos, bombillas, aires acondicionados y otros aparatos electrónicos o mecánicos conectados al sistema eléctrico interno de una propiedad, forzando muchas veces su reemplazo y sustitución de piezas que redundan en altos costos a los residentes de la isla.

Lee el proyecto aquí

La medida hace referencia a un dispositivo que sirve como protector de sobrecarga, el cual protege el sistema eléctrico completo de una propiedad, limitando los efectos de un evento de la sobrecarga transitoria o la fluctuación eléctrica en las líneas de distribución de energía eléctrica.

Para mitigar estos efectos, muchas personas han optado por adquirir protectores de sobrecarga, también conocidos como surge protector, con el objetivo de proteger sus equipos en hogares, industrias y comercios. Estos dispositivos limitan el impacto de fluctuaciones eléctricas en las líneas de distribución, resguardando el sistema eléctrico de la propiedad.

La enmienda de ley busca conceder una deducción especial a individuos y corporaciones por concepto de gastos incurridos en la compra e instalación de protectores de sobrecarga instalados en la entrada de servicio de energía eléctrica en las residencias, industrias y comercios.

Además, dispone que toda corporación que reclame la deducción provista en esta ley deberá acompañar con su planilla, las facturas o recibos conteniendo la información relativa al costo del equipo y el gasto incurrido en la instalación del mismo certificado por un perito electricista.

En el caso de los individuos, al reclamar dicha deducción, deberán acompañar con su planilla las facturas o recibos conteniendo la información relacionada al costo del equipo y el gasto incurrido en la instalación, certificado por un perito electricista.

A su vez, la medida establece que se admitirá como deducción el total hasta un máximo de $350 de los gastos incurridos durante cualquier año contributivo en la adquisición e instalación en la propiedad que constituya la residencia principal del contribuyente, sea propia o arrendada.

El proyecto de ley fue referido a la Comisión de Hacienda de la Cámara para su evaluación.

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