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Proponen eximir de IVU los productos de higiene menstrual y de extracción de leche materna

12 de febrero de 2021
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La senadora María de Lourdes Santiago Negrón, del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), radicó legislación para eximir del pago del Impuesto de Ventas y Uso (IVU) a los productos ginecológicos, de higiene menstrual y de extracción o preservación de leche materna.

Descarga el Proyecto del Senado 133

De ser aprobado, la medida le ordenaría al Departamento de Hacienda que exima del pago de IVU a los productos que sean de uso exclusivo para las mujeres y hombres trans.

El Departamento de Hacienda tendría 120 días para establecer la exención mediante reglamento.

La pieza legislativa fue referida a la Comisión de Hacienda, Asuntos Federales y Junta de Supervisión Fiscal del Senado, presidida por el senador Juan Zaragoza Gómez.

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La autora del proyecto entiende que los tributos sobre ventas y uso de los productos ginecológicos, de higiene menstrual y de extracción o preservación de leche materna son contribuciones que los hombres cisgénero, por definición, no pagan de manera directa.

Para la senadora Santiago Negrón, la aprobación de la medida es necesaria para asegurar condiciones de igualdad entre hombres y mujeres en la vida económica y social, de forma que se evite la imposición de gravámenes sistémicos sobre las mujeres.

Además, señalan que estos gravámenes inciden sobre los derechos a la salud y la vida.

Exención en el Código de Rentas Internas

El Código de Rentas Internas establece —en su sección 32076— que estarán exentos del pago de IVU los productos de higiene personal femenina que absorban el flujo menstrual.

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