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Durante el cierre de la sesión legislativa, quedó aprobado el Proyecto del Senado 33 que propone establecer la Ley de Acompañamiento para Pacientes de Diálisis y Pacientes de Diálisis con necesidades de movilidad.
La medida legislativa, que fue presentada por el Presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz a con la coautoría de varias senadoras y senadores de la Delegación PNP, busca garantizar la habilitación de espacios adecuados para los acompañantes de pacientes que se encuentren en tratamiento de diálisis, en centros de salud tanto públicos como privados, como parte de un esfuerzo por asegurar condiciones dignas y seguras para esta población vulnerable.
Lee el Proyecto del Senado 33 aquí
La exposición de motivos contextualiza la relevancia del procedimiento de diálisis como tratamiento vital para personas con insuficiencia renal aguda o enfermedad renal terminal (ERT), condiciones médicas que requieren la eliminación de desechos y líquidos del organismo cuando los riñones dejan de funcionar. Se explican las modalidades principales de tratamiento: hemodiálisis y diálisis peritoneal, detallando sus respectivos procedimientos y duración, así como sus efectos secundarios como el agotamiento físico que puede limitar la capacidad del paciente para desenvolverse tras una sesión de tratamiento.
Se parte del reconocimiento de que, aunque muchos pacientes pueden continuar con su rutina diaria mientras reciben diálisis, el proceso puede tener consecuencias físicas que requieran la presencia de un acompañante, particularmente al culminar el tratamiento. La intención legislativa es establecer un marco normativo que obligue a los centros de salud a facilitar áreas específicas y separadas donde los acompañantes puedan esperar, lo que contribuye a salvaguardar la salud, dignidad y seguridad de los pacientes y sus familiares.
El proyecto de ley dispone que todo centro de salud que atienda pacientes en proceso de diálisis deberá contar con un área habilitada e independiente al espacio donde se provee el tratamiento, destinada a los acompañantes.
Además, se reconocen los derechos fundamentales para los pacientes de diálisis, incluyendo: ser tratados con respeto y dignidad, no ser sometidos a procedimientos con fines de investigación sin consentimiento previo y escrito, y recibir asesoramiento adecuado sobre su cuidado.
La propuesta ley ordena a las instituciones de salud a colocar material educativo en un lugar visible dentro de sus instalaciones y a mantener una copia de la ley disponible para consulta de los pacientes. Se requiere que el paciente firme un formulario confirmando haber leído la ley antes de comenzar el tratamiento, lo cual deberá constar en su expediente clínico.
Se faculta a la Oficina del Procurador del Paciente a recibir, investigar y atender querellas relacionadas con violaciones a los derechos establecidos en la ley. Las violaciones conllevarán sanciones administrativas, con multas entre quinientos (500) y diez mil (10,000) dólares.
Los proponentes de la ley afirman que es necesario institucionalizar el acompañamiento digno y seguro para personas en proceso de diálisis, reconociendo la importancia del apoyo humano durante un tratamiento médico complejo, y reafirmando la política pública de acceso equitativo y de calidad a los servicios de salud en Puerto Rico.