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El Senado de Puerto Rico tiene ante su consideración un proyecto de ley que busca garantizar que las terapias con células madre que estén debidamente aprobadas por las autoridades regulatorias federales, sean cubiertas por todos los planes médicos privados en la Isla, así como por el Plan de Salud Vital.
Se trata del Proyecto del Senado 1201, de la autoría del senador del Partido Nuevo Progresista (PNP) y vice presidente del cuerpo legislativo, Carmelo Ríos Santiago, que enmendaría el Código de Seguros de Salud, así como la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico.
Conoce los detalles del proyecto aquí:
Según surge de la exposición de motivos, la medida responde al crecimiento de la medicina regenerativa como una alternativa terapéutica real para diversas condiciones complejas, incluyendo enfermedades hematológicas, inmunológicas, oncológicas y degenerativas, y a que múltiples tratamientos basados en células madre ya cuentan con aprobación de la Food and Drug Administration (FDA) y son utilizados en centros especializados en Puerto Rico.
No obstante, el proyecto señala que muchos pacientes enfrentan barreras económicas significativas para acceder a estas terapias, debido a que los planes médicos no están obligados a cubrirlas, aun cuando se trate de tratamientos aprobados y no experimentales. Esta situación, según la propuesta legislativa, genera desigualdad entre los ciudadanos en el acceso a los servicios de salud, además de restringir la práctica médica basada en evidencia.
A esos fines, esta legislación establece la obligación de que todo plan médico incluya como cubierta esencial los tratamientos clínicos con células madre aprobados por la FDA, incluyendo trasplantes de células madre hematopoyéticas —tanto autólogos como alogénicos— y terapias regenerativas para diversas condiciones médicas.
Asimismo, dispone que la cubierta deberá incluir todos los servicios relacionados al tratamiento, tales como evaluaciones médicas, hospitalización, procesamiento celular, laboratorios especializados, seguimiento clínico y medicamentos necesarios.
El proyecto prohíbe que las aseguradoras excluyan estas terapias por su naturaleza avanzada, siempre que estén clínicamente aprobadas, aunque permite excluir tratamientos con fines exclusivamente estéticos, aquellos que utilicen células madre embrionarias —salvo disposición federal— o procedimientos no aprobados por las autoridades regulatorias.
A su vez, dispone que cualquier denegación de cubierta deberá estar debidamente justificada por escrito y basada exclusivamente en criterios médicos y regulatorios.
De igual forma, se limita la imposición de copagos y deducibles, los cuales no podrán ser mayores a los aplicados en otros tratamientos complejos, y se prohíbe toda forma de discrimen en el acceso a estos servicios.
La pieza legislativa fue referida a la Comisión de Salud del Senado para su evaluación.