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La semana pasada comenzaron las vistas públicas para el Proyecto de la Cámara 728, para crear y publicar un Registro de Querellas que contendrá copia de todas las querellas, procedimientos y resoluciones contra jueces o juezas del Tribunal de Primera Instancia, del Tribunal de Apelaciones y del Tribunal Supremo, una vez estas sean finales y firmes.
El autor de la medida es el representante Er Yazzer Morales Díaz.
La medida establece que la jueza presidenta del Tribunal Supremo creará y publicará un Registro de Querellas en el portal de Internet de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT).
La dirección administrativa de los tribunales determinará la forma y estilo del registro.
No obstante, una vez culmine el proceso investigativo, y este advenga final y firme, en el Registro de Querellas se harán disponibles, todos los documentos presentados, los mandamientos, los diligenciamientos, las comparecencias, las órdenes, resoluciones y sentencias emitidas contra los jueces o las juezas promovidas.
La medida dispone que la dirección administrativa de los tribunales podrá publicar resúmenes oficiales o resúmenes ejecutivos durante cualquiera de las etapas del proceso investigativo, cuando se trate de situaciones de alto interés público.
Sin embargo, no se divulgará información que pudiera invadir la privacidad de un tercero o lesionar sus derechos fundamentales.
«Se hace preciso robustecer y ampliar los contornos del derecho general conferido a los ciudadanos de acceder a la información que obra en poder de la Rama Judicial, mediante el establecimiento de pautas claras y concisas», añade el proyecto presentado por el representante Moralez Díaz.
La Comisión de lo Jurídico también atiende el Proyecto de la Cámara 479, para enmendar la Regla 60 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, a los fines de modificar el tope máximo permitido de $15,000 a $25,000 dólares en una acción de cobro de dinero mediante el proceso sumario.
«Hoy día existe un sin número de casos cuya única acción es el cobro de dinero, y en las cuales se reclaman deudas que sobrepasan ligeramente el tope máximo de $15,000 que permite la Regla 60 actual. Ello obliga a que estos litigantes se inmerjan en las conocidas dilaciones y complejidades que enfrentan continuamente los demandantes en los procedimientos ordinarios en nuestros tribunales, cuyos costos son un disuasivo para su rentabilidad», detalla el proyecto.