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«La no violencia conduce a la ética mas alta, lo cual es la meta de toda evolución. Hasta que no dejemos de lastimar a otros seres vivos, seguiremos siendo salvajes»
-Thomas Edison
Alarmantes casos de perros realengos mordiendo transeúntes, la masacre de cientos de canes tirados por la borda en un puente de Salinas, así como los continuos atropellamientos de canes en las vías públicas y los frecuentes casos de dueños de mascotas maltratándoles precedieron el nacimiento de la Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales, el 4 de agosto de 2008.
En el año 2000, se celebró un censo en el que se reveló que en Puerto Rico había una cantidad de 744,000 mascotas.
Por otra parte, según estadísticas de la Humane Society, anualmente a más de 100 mil perros y gatos se les practica la eutanasia.
Según esa misma entidad, el 98% de los animales que reciben en ese centro son sacrificados y sólo el 3% son puestos en adopción.
A pesar de que la ley ya tiene tres años, pocas personas conocen las consecuencias y penas a las que se exponen si incurren en una violación a alguna de sus artículos. Es una ley sumamente amplia y completa que no sólo abarca el trato doméstico que se le da a los animales, sino que responsabiliza a los municipios, la Policía y personas en general que incurran en agresión contra un animal o descuido contra un animal.
Leyes de interés:
Por ejemplo, prácticas tan "comunes" como la venta de animales en una carretera, constituyen delito de cuarto grado, según esta ley. Además se pena el encierro de animales, el atropellamiento, el abandono y la negligencia de los dueños. De igual forma, se le quita la custodia de un animal a cualquier persona acusada de violencia doméstica o que haya abusado del animal en presencia de menores.
A continuación, le incluimos algunos de los incisos de la ley para que ciudadanos y dueños de mascotas conozcan sus deberes para con la población animal y/o sus mascotas:
Responsabilidad de municipios y el gobierno
Cuando un animal se encuentre en una situación de emergencia, será responsabilidad del municipio donde se encuentre el animal proveer la ayuda necesaria y adecuada a la Policía y al personal de la agencia gubernamental y/o privada que intervengan con la emergencia.
Todo municipio está obligado a desarrollar un plan de manejo para casos de emergencia, de recogido y protección, relacionado a los animales.
El gobierno debe establecer acuerdos de colaboración con las ONG que proveen proyectos de servicios para animales y/o para las familias involucradas en la violencia o negligencia hacia los animales, como para jóvenes o adultos maltratantes.
Abandono animal = delito grave de cuarto grado
Si una persona intencionalmente, a sabiendas, descuidadamente o con negligencia criminal deja el animal en un lugar con la intención de desampararlo, ésta comete el delito de abandono de animal.
Cualquier persona que encierre, amarre o de otro modo limite el movimiento de un animal causándole sufrimiento innecesario, cometerá delito menos grave que conlleva la imposición de multa individualizada, no mayor de noventa (90) días.
Negligencia de animales = delito menos grave
Una persona comete negligencia si atropella con su auto a un perro, gato, equino y/o ganado y no toma las medidas necesarias para que éste sea atendido o, en caso de haberle causado la muerte, las medidas necesarias para su remoción, siempre que no ponga en riesgo su seguridad.
Una persona se considerará negligente si dicha persona a sabiendas, descuidadamente o por negligencia falla en proveer cuidado mínimo a un animal en posesión de dicha persona.
Una persona comete negligencia agravada cuando no provee cuidado mínimo a un animal en su posesión y el fallo resulta en la lesión física severa o muerte del animal.
Ninguna persona causará, patrocinará, organizará, llevará a cabo, o promoverá que cualquier animal pelee, amenace o lesione otro animal con propósito deportivo, de entretenimiento, ganancia económica o cualquier otro propósito. La única excepción a esta norma son los gallos.
Si utiliza cualquier medio de comunicación para promover el deporte, posea el animal utilizado para pelear y genere ganancias de ello, será castigado.
Transporte de animales
Cuando se transporte o lleve un animal bajo tales condiciones o de tal manera o posición que le cause al animal un sufrimiento innecesario, en condiciones que no provean adecuada ventilación, luz o refugio en las cuales tal animal esté expuesto a calor excesivo, frío, inclemencias del tiempo, sol o lluvia, o sin tomar las debidas precauciones para que tal animal tenga suficiente comida, agua o descanso
Envenenamiento y captura
El envenenamiento a un animal se clasifica como un delito grave.
Es punible si una persona usa una trampa o artefacto para capturar animales, que no sean plaga.
La terminación de la vida de un animal sólo puede llevarse a cabo por un veterinario o por personal adecuadamente adiestrado y bajo la supervisión de un veterinario, mediante las técnicas aprobadas por el AVMA (American Veterinary Medical Association).
Otros
En situaciones de emergencia, en las que se trate de un animal de tamaño tal que no se pueda transportar, la persona encargada o que encuentre al animal debe comunicarse con el cuartel de la Policía más cercano para que un oficial se comunique, a través del Centro de Mando de la Policía, directamente con un veterinario de su región.
En todo caso en que se acusase a una persona de violencia doméstica o maltrato de menores, el Tribunal deberá, a petición de parte, emitir una orden de protección al peticionario para que este sea el único custodio del animal. El Tribunal ordenará al acusado de mantenerse lejos del animal; prohibirle cualquier tipo de acercamiento.
Se prohíbe la venta de animales en las calles, carreteras, y lugares públicos del país
La defensa del bienestar de los animales y el vínculo jurídico
Las ideas postuladas por los grupos que abogan por los derechos de los animales perciben al animal como un sujeto de derecho apto para poseer igual protección jurídica que los humanos.
No existe en el mundo acuerdo alguno entre países sobre el trato a ofrecerse a los animales, rigiendo en algunos lugares la ética de la utilización de los animales tal cual al hombre le plazca o en algunos lugares, la consideración de que los animales merecen los mismos derechos reconocidos a los humanos.
En la antigüedad, la idea prevaleciente era que los animales podían ser explotados por los humanos para comida, vestido u otras razones. El filósofo francés René Descartes, por ejemplo, argüía que los animales no tienen capacidad de sentir dolor y que no tienen alma, y por tanto no merecían consideración moral.
No obstante, mientras Descartes esbozaba esta idea, en Estados Unidos la colonia de Massachusetts Bay aprobó una serie de leyes que protegían a los animales domésticos. Estas fueron escritas por un pastor puritano, abogado de nombre Nathaniel Ward. El principal inciso de este documento legal proponía: «A ningún humano le es permitido efectuar algún tipo de tiranía o crueldad hacia alguna criatura nacida que esté normalmente retenida para uso humano».
En la actualidad, la doctrina de los derechos de los animales se enseña en 100 facultades de derecho en los Estados Unidos, incluyendo a las prestigiosas escuelas de Harvard, Stanford, Northwestern y UCLA. La Escuela de Derecho de Lewis & Clark en Portland ofrece un LLM en Derecho Animal. Además, en la Universidad Autónoma de Barcelona se imparte el único máster de Europa en Derecho Animal y Sociedad.
También han surgido muchas organizaciones vinculadas a la enseñanza del derecho, que promueven el derecho de los animales. En Puerto Rico existe la Organización Nacional de Derechos de los Animales (ONDA), quienes están adscritos a la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.