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Proyecto de ley propone detector de gas en ventas de gas licuado

16 de noviembre de 2024
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Durante este receso legislativo se ha radicado en la Cámara de Representantes de Puerto Rico una medida que propone enmendar la Ley de Uniformidad en la Venta, Distribución y Despacho del Gas Licuado.

Se trata del Proyecto de la Cámara 2196, y el mismo dispone que en toda venta al detal de gas licuado se deberá incluir un detector de gas propano o butano, diseñado para identificar concentraciones de estos gases en el ambiente y emitir alertas en caso de fugas.

Conoce de qué trata la medida

En la exposición de motivos el proyecto comienza haciendo referencia a un suceso ocurrido durante el mes de octubre de este año, en el cual una persona en el municipio de Trujillo Alto perdió la vida a consecuencia de una aparatosa explosión, de la cual según se señala, existe la posibilidad de que una incorrecta instalación de gas (propano, combustible o butano) haya sido la causa de dicha tragedia, y expone que ante esta situación, se hace más imperativo promover medidas proactivas que ayuden a prevenir futuras explosiones causadas por fugas de gas, con el fin de salvar vidas humanas y propiedades.

Asimismo, el proyecto destaca que existe tecnología que ayuda a prevenir y evitar este tipo de tragedias, como lo son los detectores de gas propano que funcionan mediante la identificación de concentraciones de gas en el aire a través de sensores especializados y que reaccionan química o electrónicamente a la presencia de gases combustibles, siendo los más comunes, los detectores de gas propano que utilizan sensores catalíticos o sensores de tipo semiconductores (óxido metálico).

A esos efectos, el propósito de esta medida legislativa es establecer que toda venta al detal, para consumo comercial o residencial, deba incluir al menos un detector de gas propano o butano, diseñado para identificar concentraciones de estos gases en el ambiente y emitir alertas en caso de fugas, excepto en los casos en donde la empresa de gas pueda evidenciar que dicho consumidor posee uno mediante recibo de compra anterior.

Dispone a su vez, que en cada una de estas ventas, aún cuando el consumidor no adquiera el producto por haberse evidenciado que posee el referido detector, la empresa se deberá asegurar de orientar al consumidor sobre el uso adecuado del equipo, de los envases, cilindros y/o sistemas de gas, de modo que haya una constante educación al público sobre el gas como combustible, su peligrosidad, riesgos y las formas de mitigarlos.

Además, establece que toda empresa de gas, dedicada al envase en cilindros, rotulará los mismos indicando claramente su contenido neto.

Esta propuesta legislativa fue presentada por el representante José J. Pérez Cordero, y la misma solo podrá ser considerada mediante una Sesión Extraordinaria, en caso de ser convocada en o antes de que inicie la próxima Asamblea Legislativa en el mes de enero del próximo año.

La medida debe ser referida a comisión legislativa para su evaluación.

 

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