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El Tribunal de Primera Instancia es un tribunal de jurisdicción original general con autoridad para actuar en todo tipo de procedimiento judicial, civil o criminal, bajo la Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
El Tribunal de Primera Instancia (TPI) está compuesto por jueces y juezas superiores y jueces y juezas municipales. Los jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia son nombrados por el Gobernador o Gobernadora con el consejo y consentimiento del Senado. Los jueces y juezas superiores son nombrados por un término de dieciséis (16) años y los jueces y juezas municipales por un término de doce (12).
El Tribunal de Primera Instancia se compone del tribunal superior y municipal. Para fines judiciales y administrativos, el TPI se divide en trece (13) regiones judiciales: San Juan, Bayamón, Arecibo, Aguadilla, Mayagüez, Ponce, Guayama, Humacao, Caguas, Aibonito, Utuado, Carolina y Fajardo. Cada región judicial está compuesta por uno o varios municipios y el Tribunal de Primera Instancia podrá sesionar en cada municipio donde se haya establecido una sede.
De acuerdo a la cantidad de casos que se atiendan en un municipio, y en atención a otras consideraciones, hay municipios que cuentan con un Tribunal Superior y un Tribunal Municipal y hay otros que solo cuentan con un Tribunal Municipal. No hay tribunales en todos los municipios, pero los casos y controversias se atienden en un municipio contiguo de la región judicial, para una maximización de los recursos disponibles.
El Tribunal de Primera Instancia atiende en materia civil todos los asuntos de: derecho de familia, derecho laboral, sucesiones, derecho constitucional, derecho administrativo, derecho corporativo, derecho hipotecario, derecho de obligaciones y contratos, daños y perjuicios, acciones relacionadas con toda clase de contribuciones, casos de expropiaciones, recursos legales especiales y extraordinarios, procedimientos para poner en vigor las determinaciones de las agencias administrativas, o para impugnar o poner en vigor los laudos arbitrales en cualquier materia y, cualquier otro asunto civil.
En lo criminal, este Tribunal atiende todos los casos por delito grave y menos grave, así como toda infracción a las ordenanzas municipales.
La Sala Municipal tiene la facultad para considerar, atender y resolver los siguientes asuntos:
En lo civil
En lo criminal
Por su parte, la Sala Superior del Tribunal de Primera Instancia, puede atender los casos de competencia municipal y además, los casos de materia civil: derecho de familia, derecho laboral, sucesiones, derecho constitucional, derecho administrativo, derecho corporativo, derecho hipotecario, derecho de obligaciones y contratos, daños y perjuicios, acciones relacionadas con toda clase de contribuciones, casos de expropiaciones, recursos legales especiales y extraordinarios, procedimientos para poner en vigor las determinaciones de las agencias administrativas, o para impugnar o poner en vigor los laudos arbitrales en cualquier materia y, cualquier otro asunto civil.
En lo criminal, el Tribunal Superior atiende todos los casos por delito grave y menos grave.
Fuente: Poder Judicial de Puerto Rico