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¿Qué es la mediación?

20 de enero de 2015
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¿Qué es la mediación?Al enfrentar conflictos y controversias legales, la alternativa tradicional es recurrir al litigio, con la esperanza de que un juez haga justicia y conceda el remedio solicitado. Sin embargo, esa alternativa conlleva grandes sacrificios económicos para las empresas, así como emocionales para las personas involucradas, además de los gastos que puede acarrear el llevar una acción legal.

Con el paso del tiempo y las crecientes necesidades sociales y económicas, la aceptación de los mecanismos alternos de resolución de conflictos ha ido en crecimiento. Uno de los métodos alternos de resolución de conflictos más utilizados es la mediación. La mediación es un proceso voluntario en el cual un mediador certificado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico asiste a las partes a alcanzar una solución negociada y beneficiosa para todos.

Un mediador es un interventor neutral, es decir una persona externa al problema, escogido por las partes y el cual está encargado de facilitar el proceso de la mediación. El mediador no tiene que ser abogado, no es juez, no decide, no asesora, sólo ayuda y facilita el proceso de lograr acuerdos satisfactorios para todas las partes. El mediador no es abogado de ninguna de las partes y su rol principal es el de guiar a las partes en el proceso de negociar y desarrollar soluciones a sus conflictos.

El mediador se enfoca en identificar las necesidades de las partes y en proponer alternativas ingeniosas, que no necesariamente estarán limitadas por el estándar de Derecho. El mediador escucha, pregunta, le da la bienvenida al diálogo, a las emociones y propicia la comunicación productiva. Se enfoca en interrumpir la escalada de un conflicto informal a uno formal o de un conflicto manejable a uno difícil de manejar el cual genera pérdidas.

Una de las metas primordiales de un mediador es promover la comunicación y el entendimiento entre las partes en conflicto enfocándose en la colaboración y cooperación. En la mediación las partes son dueñas del proceso y tienen control sobre cuándo y cómo resolverán sus conflictos logrando acuerdos mutuamente beneficiosos y que satisfacen sus necesidades. Otro de los grandes beneficios de la mediación es que conlleva menos gastos legales en comparación con la litigación tradicional ya que las controversias se resuelven de manera más expedita y fuera de los tribunales.

El mediador en conjunto con las partes coordina las reglas del proceso. Por ejemplo: dónde y cuándo se reunirán, la duración de las sesiones, qué tipo de documentación se permitirá, si habrá peritos, testigos, quién pagará los gastos de la mediación, entre otros. Otro aspecto positivo de la mediación es que se puede dar por terminado en cualquier momento, si el proceso no está resultando beneficioso, si se incumplen los acuerdos o se vencen los términos acordados o concedidos entre las partes. En fin, las partes tienen control sobre el proceso y la solución de su controversia.

La gran mayoría de los casos que llegan a los tribunales son mediables. Pero específicamente, todo caso civil o criminal de naturaleza menos grave que no exceda de 6 meses de reclusión y/o multa mayor de $5,000 y que sea transigible de acuerdo con las Reglas de Procedimiento Criminal de Puerto Rico se puede resolver por medio de la mediación. Es importante que las partes sean capaces de participar efectivamente en el proceso de negociación tomando en consideración factores como la capacidad de comunicarse de manera efectiva y la condición emocional de las partes, entre otros.

Al evaluar si un caso se puede resolver por medio de la mediación, no es importante si se reclaman grandes cuantías de daños, si son casos complejos o sencillos, si son reclamaciones judiciales o extrajudiciales, ni en qué etapa del conflicto se encuentran. Lo importante es el deseo de llegar a acuerdos, transacciones y negociaciones favorables para todos.

Uno de los mayores atractivos de la mediación es que es un proceso confidencial y privado. Así lo reconocen las Reglas de Evidencia de Puerto Rico. Ese carácter de confidencialidad propicia la comunicación efectiva y cándida lo que a su vez facilita el proceso de resolución.

Las estadísticas demuestran que entre el 50-60% de los casos mediados a través de programas de mediación logran acuerdos, y de un 80-90% de los casos mediados de manera privada logran acuerdos.

¿Te gustaría participar de un proceso voluntario y confidencial? ¿Quisieras lograr la resolución de los conflictos lo antes posible y al menor costo posible? ¿Interesas que las situaciones se resuelvan de la manera más beneficiosa para la empresa que representas? ¿Te interesa crear acuerdos que se ajusten a las necesidades de las partes y que perduren en el tiempo? ¿Prefieres trabajar en un ambiente cooperador y no confrontacional? ¿Te interesa conversar sobre soluciones alternas con un enfoque de futuro donde ambas partes ganan y nadie pierde? ¿Quisieras participar de un proceso donde tu representante legal no ejerce una función antagónica sino colaboradora? Si tu contestación a estas interrogantes es que sí, te invito a que medies más y litigues menos.

por la Lcda. María Judith (Nani) Marchand-Sánchez, Mediadora Certificada 1959, Ferraiuoli LLC

 

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