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Cuando el Tribunal Supremo de Estados Unidos revoca una decisión anterior suele estar anulando un precedente, según el constitucionalista Carlos Ramos González, esto significa que el propio Tribunal y todos tribunales federales inferiores están obligados a seguir conforme lo decidido.
Explicó que, dependiendo del asunto, también podría ser obligatorio para las decisiones que tomarán los tribunales estatales y los territorios como Puerto Rico.
"Por lo tanto, cuando el tribunal revoca una de sus decisiones, para todos los efectos esta deja de existir y ya no crea precedente. No es común porque en el Tribunal Supremo de Estados Unidos existe la doctrina de stare decisis, que significa que como regla general no se revocan decisiones anteriores salvo que se cumplan ciertos requisitos. Se quiere valorar la seguridad jurídica, legitimidad, estabilidad y por ello amarrar futuras decisiones", indicó el catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.
Ramos González comentó que los requisitos discutidos en Dobbs v. Jackson, sobre el derecho al aborto, toman en consideración si la decisión a ser revocada estuvo errada, si perdió vigencia o siempre fue inmanejable o problemática al utilizarla para futuras decisiones.
"Cuando la decisión a revocarse es de índole constitucional, el impacto público suele ser mayor. Si la decisión es sobre una decisión que sirve de precedente desde hace muchos años, pues más aún. Si le añadimos que es para quitar o cercenar un derecho constitucional de la persona humana, pues es catastrófico. Menos libertad, más poder para el gobierno sobre la persona humana. Rara vez, si alguna vez, ello ha ocurrido en la magnitud de la decisión de Dobbs", sostuvo.
Derecho al aborto en Puerto Rico
Con relación a Pueblo v. Duarte, el profesor mencionó que "interpreta muy liberalmente a favor del acusado los elementos y contornos del delito de aborto bajo el antiguo Código Penal que en esto es idéntico al presente".
Informó que se interpreta que se prohibe el aborto, pero se exime de esta represión cuando es para proteger la salud física y mental de la mujer considerando el criterio del médico y paciente. "No importa la etapa de gestación. Esto sigue vigente", añadió.
También compartió que la revocación de Roe v. Wade no tiene efectos inmediatos sobre el ejercicio del derecho al aborto en Puerto Rico. Sin embargo, aseguró que opositores de este derecho querrán enmendar el Código Penal y forzar litigar el asunto.
"Creo que deberían fracasar: la decisión de qué hacer con mi útero, la maternidad voluntaria y no forzada está protegida por una serie de derechos expresos en la Constitución de Puerto Rico. Me refiero al derecho de intimidad, dignidad humana, prohibición trato desigual por sexo y el derecho a la libertad", puntualizó.