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El Departamento de Estado sirve los fines de recordarle de que, para evitar incurrir en penalidades, debe radicar su informe anual corporativo del 2011, o pagar el derecho anual de las Compañías de Responsabilidad Limitada (LLC), en o antes del 17 de abril de 2012. Si su corporación requiere una prórroga y su empresa califica para la misma, debe pagar por adelantado el informe anual en o antes de 17 de abril de 2012. Esta prórroga le extenderá la fecha para presentar el informe hasta el 15 de junio de 2012.
¿Quién debe radicar un informe anual?
Cada Corporación (con fines y sin fines de lucro) registrada en o antes del 31 de diciembre de 2011, debe completar el informe anual en línea en o antes del 17 de abril de 2012. Deberá efectuar el pago con tarjeta de crédito (VISA, MC, AMEX) o débito electrónico a cuenta de cheque o ahorro. Usted debe radicar el informe anual de corporaciones en línea accediendo el siguiente enlace o siguiendo los pasos a continuación.
Paso 1. Visite el portal del Departamento de Estado de Puerto Rico o la página de servicios en línea del Gobierno de Puerto Rico
http://www2.pr.gov/agencias/estado/Pages/default.aspx
o directamente a:
https://prcorpfiling.f1hst.com
Paso 2. Acceda al enlace Informe Anual/Derecho
Recuerde: Los derechos a pagar para radicar informes en o antes del 17 de abril de 2012 son los siguientes:
Paso 3. Busque y seleccione su corporación por nombre o número de registro.
Paso 4. Siga el proceso paso-a-paso para completar su informe o pagar a su derecho anual.
Al radicar exitosamente, usted recibirá confirmación por correo electrónico de la radicación del informe anual y evidencia de pago.