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Radican medida para implementar nuevos estándares para la venta de gomas usadas

08 de enero de 2025
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Como parte de su agenda legislativa, el presidente entrante de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez, presentó el Proyecto de la Cámara 19, que propone la creación de la ‘Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos’.

Esta legislación tiene como objetivo reglamentar la venta y el uso de neumáticos en Puerto Rico, estableciendo estándares mínimos de calidad que deberán cumplir todos los neumáticos disponibles para la venta.

La pieza legislativa prohíbe la instalación y venta de neumáticos que no cumplan con los estándares mínimos de seguridad, incluyendo los siguientes casos:

  • Neumáticos con una banda de rodamiento inferior a 4/32 de pulgada de profundidad.
  • Neumáticos que presenten fragmentación, protuberancias, nudos o chichones que indiquen separación o daños en la cinta, capa, banda de rodadura u otros materiales adyacentes.
  • Neumáticos con cordones expuestos o con material de la banda visible debido a daños.
  • Neumáticos con más de seis años desde su fabricación o que hayan superado su fecha de expiración, según lo que ocurra primero.
  • Además, la ley establece otras restricciones adicionales para garantizar la seguridad vial.

Según la Exposición de Motivos de la medida, «es preciso reconocer que, en Puerto Rico, la industria de neumáticos usados ha crecido a grandes escalas durante la pasada década. La razón principal para ello es que los neumáticos usados son considerablemente más baratos que los nuevos, lo que se traduce en un ahorro significativo para el consumidor. Al presente, no existe ley alguna en Puerto Rico que regule la venta de estos neumáticos. Dicha desregulación representa un problema serio de seguridad pública, pues la data ofrecida por la Asociación de Fabricantes de Caucho (RMA, por sus siglas en inglés) refleja que muchos de los neumáticos usados que son vendidos, incumplen con los estándares de calidad mínimos que se necesitan para garantizar la seguridad del conductor».

Para propósitos de transitar por las vías públicas en Puerto Rico, se prohíbe el uso de neumáticos que tengan una banda de rodamiento inferior a 2/32 de pulgada de profundidad o que no cumplan con los estándares de seguridad previamente enumerados. Cualquier incumplimiento con estas disposiciones constituirá una violación a los requisitos establecidos por esta Ley.

Están eximidos los vehículos que participan en carreteras de autos.

Siete estados están considerando legislación para implantar estándares de seguridad para neumáticos usados y prohibir la venta de los que no cumplan con estos.

Los estados de Florida, Georgia, Indiana, New Jersey, Oklahoma, South Carolina y Texas, se unirán a Colorado, que aprobó una legislación al respecto el año pasado.

El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, tendrá la responsabilidad de promulgar aquella reglamentación que se entienda pertinente para lograr la efectiva consecución de las disposiciones contenidas en esta Ley.

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